Visados por Pérdida, Robo o Caducidad de Tarjeta de Residencia
Este visado se solicita cuando:
Un residente legal en España, que se encuentre TEMPORALMENTE fuera de España, sufra pérdida, robo, etc., de su documentación de residencia, lo que le impida volver al territorio español.
AVISO IMPORTANTE
· Si la entrada en el país de origen o residencia se realizó hace más de un año debe solicitar Visado RLD de Recuperación de Residencia.
· La expedición de este visado exige una consulta a las autoridades centrales españolas, por lo que el período de espera puede demorarse varias semanas.
Requisitos para solicitar Visados por Pérdida, Robo o Caducidad de Tarjeta de Residencia
(Originales y copias simples)
1. Recibo de la tasa abonada y justificante de asignación de cita.
2. Formulario de solicitud de visado debidamente cumplimentado y firmado (original y copia), se entrega gratuitamente en el Consulado o puede también descargarse de la página Web del Consulado español correspondiente al país en donde se encuentre el solicitante.
3. Fotografía actualizada tipo pasaporte con fondo blanco, que deberá ir pegada en el formulario de solicitud. No se aceptarán fotografías realizadas con sombrero, pañuelo, gorro o gafas, ni de otro tamaño o color.
4. Pasaporte con vigencia mínima de 4 meses.
5. Acreditación documental de que el interesado es residente legal en España (copia de la tarjeta de residencia, copia de la autorización de retorno, etc.).
6. Certificado de movimientos migratorios, emitidos en el país de origen o residencia del solicitante, por la Jefatura Provincial de Migración y apostillados por el Ministerio de Relaciones Exteriores de dicho país, este certificado debe ser expedido en la semana anterior a la presentación de la solicitud de visado.
7. En caso de robo o pérdida, original de la denuncia presentada, apostillada por el Ministerio de Relaciones Exteriores respectivo
8. Certificado de antecedentes penales del solicitante, expedido por las autoridades del país de origen o del país o países en que haya residido durante los últimos 5 años y en el que no deben constar condenas por delitos existentes en el ordenamiento español. Documento legalizado y apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores del país de origen o residencia, este requisito sólo para mayores de edad (original y copia simple).
9. Si la solicitud se realiza mediante representante, poder notarial original realizado ante Notario Público español, como máximo un año antes de la solicitud, original y copia simple, realizada por quienes ejerzan la patria potestad o tutela del solicitante. El representante deberá aportar asimismo original y copia de su cédula de identidad.
Tramitación de Visados por Pérdida, Robo o Caducidad de Tarjeta de Residencia
El solicitante deberá acudir y solicitar una cita para un visado de estudio, pérdida o caducidad de documentación (código 102-008).Se le dará un justificante con el día y hora de la cita. Si la fecha asignada no le conviene, el solicitante podrá en ese mismo momento elegir una fecha posterior.
Posteriormente, 48 horas antes de la cita, el solicitante deberá dirigirse al Banco para pagar el correspondiente importe, comprobante del pago.
El solicitante deberá presentarse en el Consulado en el día y hora de la cita con los dos justificantes: el de la cita y el del pago de la tasa.
El plazo máximo para solicitar este tipo de visado es de 6 meses luego de haber abandonado territorio nacional del Reino de España.
En el momento de la recepción de la documentación, este Consulado General podrá requerir al solicitante para que comparezca posteriormente. En ese momento, y a partir de un examen más detallado de la documentación, se podrá solicitar una entrevista personal o documentación adicional.
Las falsificaciones de documentos y suplantaciones de identidad se denunciarán inmediatamente ante las policías española y del país de origen, y se tomarán las medidas pertinentes para juzgar y, en su caso, castigar estas conductas.
El solicitante ha de aportar original y copia simple de toda la documentación. Solo la documentación original, una vez cotejada, se devuelve al solicitante, no así, las copias, que se adjuntan al expediente.
CONCESIÓN DE LA NUEVA TARJETA DE RESIDENCIA EN ESPAÑA
Según la práctica administrativa española al respecto, los solicitantes de visado tipo EXT (pérdida, robo, extravío o caducidad) dispondrán de un plazo de 22 días para personarse ante la Comisaría de Policía correspondiente a su lugar de residencia en España tras la concesión del oportuno visado. Es por ello, que se recomienda que una vez concedido el visado, el solicitante salga del país de origen o residencia en un plazo de 15 días y acuda en los 7 días siguientes a la Comisaría de Policía de referencia.
Si tienes dudas con estos trámites, te asesoramos por videollamada, escríbenos al Whatsapp + 34 682 518 339