Visados de Schengen Requisitos 2020

 

¿Qué es el Espacio Schengen?

La Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000 y 8/2000, en su Disposición Adicional Séptima (Delimitación del Espacio Shengen) señala:“A los efectos de los dispuesto en esta Ley, se entenderá por Espacio Schengen el conjunto de los territorios de los Estados a los que se apliquen plenamente las disposiciones relativas a la supresión de controles en las fronteras interiores y circulación de personas, previstas en el título II del Convenio para la aplicación del Acuerdo de Schengen, de 19 de junio de 1990.”

 

¿Requisitos para obtener un visado Schengen en el año 2020?

  • Un formulario de solicitud debidamente cumplimentado (original y copia), que puede descargarse gratuitamente de esta página web o puede ser obtenido también gratuitamente en todas las Oficinas Consulares de España en el extranjero y en el Centro de Solicitud de Visados.
  • Una fotografía actualizada tamaño pasaporte en color, de frente, con fondo blanco, pegada al formulario de solicitud (requisitos técnicos de la fotografía).
  • Pasaporte o documento de viaje válido al menos hasta tres meses después de la fecha prevista de salida del territorio Schengen. Debe acompañarse de una fotocopia A4 de las 2 primeras páginas y, si ha sido renovado, de la página donde conste la renovación.
  • El pasaporte o documento de viaje debe haber sido expedido como máximo 10 años antes a la fecha prevista del viaje. No se aceptan los pasaportes o documentos de viaje renovados cuya primera expedición tuvo lugar hace más de 10 años.
  • El pasaporte o documento de viaje debe tener al menos dos páginas en blanco.
  • Los pasaportes o documentos de viaje visiblemente deteriorados, dañados total o parcialmente, con alguna de sus hojas desprendidas o rasgadas o que no tengan banda de lectura magnética serán rechazados. Si tiene dudas al respecto, le recomendamos que renueve el pasaporte.
  • Advertencia: Un visado Schengen pierde su validez en el momento en que el pasaporte caduque o se anule, aunque tenga una duración posterior en el tiempo.
  • Reserva de pasaje de ida y vuelta gestionada a través de agencias de viajes y líneas aéreas acreditadas por la IATA (Asociación Internacional de Transporte Aéreo) (original y una fotocopia A4). Usted tiene la opción de gestionar su reserva de pasaje de ida y vuelta durante su visita al Centro de Solicitud de Visados de España. Para descargar el formulario correspondiente por favor haga clic aquí.
  • Documentos justificativos del alojamiento (reserva de hotel, contrato de alquiler, carta de invitación expedida por una Comisaría de Policía en España en caso de ser invitado por un particular residente en España, etc.). En caso de tours organizados, la reserva debe haber sido gestionada a través de una agencia de viajes acreditadas por la IATA (Asociación Internacional de Transporte Aéreo) (originales y una fotocopia A4).
  • Documentos que justifiquen la disponibilidad de recursos económicos propios (si el solicitante es dependiente económicamente, la documentación será la de los padres, cónyuge o hijos).
  • Estados de cuenta bancarios de los 3 últimos meses: ahorro, cuenta corriente, tarjetas de crédito, depósitos a plazo fijo, autovalúo de propiedades, etc. No se aceptan las cartas de bancos (originales y una fotocopia A4).
  • Boletas de pago o de pensión, o recibos de honorarios profesionales de los 3 últimos meses (originales y una fotocopia A4).
  • Carta de presentación de la empresa especificando fechas en las que el interesado tiene permiso por vacaciones y/o licencia (original y una fotocopia A4).
  • En caso de empresa propia: RUC, escritura de constitución de la sociedad y última declaración a la SUNAT (originalesyuna fotocopia A4).
  • Los estudiantes mayores de edad deberán presentar constancia actual de estudios (universidad, academia, instituto, etc.) (original y una fotocopia A4).
  • Seguro médico de viaje que cubra, durante el periodo previsto de estancia en el Espacio Schengen, los gastos que pueda ocasionar su repatriación por motivos médicos o por defunción, la asistencia médica de urgencia o la atención hospitalaria de urgencia, válido en todo el territorio de los Estados Schengen y con una cobertura mínima de 30.000 euros (original y una fotocopia A4). Usted tiene la opción de adquirir su seguro médico de viaje durante su visita al Centro de Solicitud de Visados de España o haciendo clic aquí. Asesoría para inmigrantes te gestiona la compra de dicho Seguro Médico para que tengas la oportunidad de abrir una cuenta bancaria antes de entrar a España, pregúntanos por el Chat de nuestra web.
  • En caso de solicitante menor de edad, deberá presentar su DNI (original y una fotocopia A4). Si el menor viaja solo o acompañado de uno de sus progenitores, deberá presentar la autorización para viajar de quien ejerza la patria potestad o tutela expedida por un notario o por un juez de menores debidamente apostillada.
  • Aportar el importe de las tasas de visado en caso de no estar exento.

¿Qué hacer si nos deniegan el visado a España?

Cuando deniegan un visado podemos hacer dos cosas, recurrir en Reposición, en el plazo de un mes, o, recurrir en vía judicial, en el plazo de dos meses. Lo habitual es interponer el Recurso de Reposición, sencillo de tramitar, gratuito y muchos más rápido que el Contencioso Administrativo. El plazo de interposición de este recurso es de un mes desde la notificación de la denegación y suelen tardar unos dos o tres meses en responder a dicho recurso. El recurso se puede presentar en el mismo consulado, en cualquier Registro General de la Administración del Estado o incluso por correo certificado con acuse de recibo.

¿Por qué un visado es denegado?

En muchas ocasiones los visados resultan denegados por errores subsanables. Desde Legalteam  comentamos algunos de los más comunes, conocerlos les facilitará mucho la obtención del visado.

Es importante no pedir el visado para 90 días, que es el máximo, es preferible pedirlo para una estancia menos, ya que los Consulados consideran que las personas que quieren viajar a España quieren volver a su país a retomar sus obligaciones. También es importante acreditar que se disponen de 65 euros al día para estar en España y cubrir los gastos de comida, transporte, alojamiento, etc. No vale con disponer del dinero sólo, es preferible tener un trabajo en el país de origen.

Si se ha estado en España de forma irregular con anterioridad, el visado no será concedido, así como si nos acaban de denegar el visado es probable que nos lo vuelvan a denegar si no dejamos pasar un poco de tiempo.

Hay que justificar el motivo de visitar España, ya sea mediante entradas de museos, teatros, o tour turístico, así como presentar las reservas de vuelo de ida y vuelta.

Si tienes intención de solicitar un visado Schengen comunícate con nosotros y te asesoramos desde cualquier país del mundo Mediante videollamada de WhatsApp

 

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