Visado Schengen denegado ¿Puedo defenderme?
Es conocido que, aquellos ciudadanos con la nacionalidad de alguno de los siguientes países no pueden entrar a España sin una Aprobación de la solicitud de Visado Schengen.
Listado de terceros países cuyos nacionales están sometidos a la obligación de visado para cruzar las fronteras exteriores:
1. Estados:
AFGANISTÁN
ANGOLA
ARABIA SAUDÍ
ARGELIA
ARMENIA
AZERBAIYÁN
BANGLADESH
BAHREIN
BELICE
BENÍN
BIELORRUSIA
BIRMANIA/MYANMAR
BOLIVIA
BOTSUANA
BURKINA FASO
BURUNDI
BUTÁN
CABO VERDE
CAMBOYA
CAMERÚN
CENTROAFRICANA, REPÚBLICA
CHAD
CHINA
COMORAS
CONGO
CONGO, REPÚBLICA DEMOCRÁTICA DEL
COREA DEL NORTE
COSTA DE MARFIL
CUBA
DOMINICANA, REPÚBLICA
ECUADOR
EGIPTO
ERITREA
ESUATINI
ETIOPÍA
FILIPINAS
FIYI
GABÓN
GAMBIA
GHANA
GUINEA
GUINEA-BISÁU
GUINEA ECUATORIAL
GUYANA
HAITÍ
INDIA
INDONESIA IRAK
IRÁN
JAMAICA
JORDANIA
KAZAJISTÁN
KENIA
KIRGUISTÁN
KUWAIT
LAOS
LESOTO
LÍBANO
LIBERIA
LIBIA
MADAGASCAR
MALAUI
MALDIVAS
MALI
MARRUECOS
MAURITANIA
MONGOLIA
MOZAMBIQUE
NAMIBIA
NEPAL
NÍGER
NIGERIA
OMÁN
PAKISTÁN
PAPÚA NUEVA GUINEA
QATAR
RUANDA
RUSIA
SANTO TOMÉ Y PRÍNCIPE
SENEGAL
SIERRA LEONA
SIRIA
SOMALIA
SRI LANKA
SUDÁFRICA
SUDÁN
SUDÁN DEL SUR
SURINAM
TAILANDIA
TANZANIA
TAYIKISTÁN
TOGO
TÚNEZ
TURKMENISTÁN
TURQUÍA
UGANDA
UZBEKISTÁN
VIETNAM
YEMEN
YIBUTI
ZAMBIA
ZIMBABUE
Fuente: Ministerio de Exteriores
¿Dónde se solicita el Visado Schengen?
Se solicita en la Embajada o Consulado General de España en el país de origen o de residencia legal del ciudadano extranjero solicitante.
Documentos necesarios para la solicitud del Visado Schengen
- Formulario de solicitud de visado Schengen. Formulario de solicitud de visado Schengen . Cada solicitante presentará una solicitud utilizando el formulario oficial, que debe ser completado en todos sus apartados y firmado por el propio solicitante. Si el solicitante es menor de edad, firmará la solicitud uno de sus progenitores. En el caso de menor de edad, si no viaja junto a uno de sus padres necesita presentar permiso de salida apostillado del progenitor que no viaje.
- Fotografía. Una fotografía reciente, tamaño carné, a color, con fondo claro, tomada de frente, sin gafas oscuras, ni reflejos, ni prendas que oculten el óvalo de la cara. En la fotografía de un menor de edad no deben verse partes del cuerpo del adulto que lo sostiene.
- Pasaporte válido y en vigor. Original y una fotocopia de la página o páginas con datos biométricos del pasaporte. El pasaporte deberá ser válido, como mínimo, hasta 3 meses después de la fecha prevista de salida del territorio Schengen. Deberá tener, al menos, dos páginas en blanco. No se admiten pasaportes expedidos hace más de 10 años.
- Seguro médico de viaje. El seguro cubrirá los gastos de repatriación por motivos médicos o por defunción y la asistencia médica de urgencia o la atención hospitalaria de urgencia durante todo el período de la estancia y en toda el área Schengen. La cobertura mínima será de 30.000 euros o su equivalente en moneda local. Si se solicita un visado de múltiples entradas, el seguro médico será válido para el primer viaje previsto. El solicitante se comprometerá a contratar un seguro para los viajes sucesivos.
- Abono de la tasa de visado. A partir del 01 de enero de 2024, la tasa será de: para personas mayores de 12 años: 87,57 USD; para niños entre 12 y 6 años: 43,78 USD; para menores de 6 años: gratuito
- Documentos que acrediten el motivo del viaje y las condiciones de la estancia, la disponibilidad de medios económicos suficientes, y que permitan establecer la intención del solicitante de abandonar el espacio Schengen antes de la caducidad del visado. Certificado bancario vigente (preferiblemente certificados que puedan ser validados) y estados de cuenta de los últimos 6 meses sellados por el banco, certificado y estado de cuenta de la tarjeta de crédito sellado por el banco, certificado de la superintendencia de compañías con sello y firma, carta de accionistas de la empresa, partida de nacimiento original y apostillada, certificado de trabajo y roles de pago de los últimos 6 meses, certificado de la póliza, certificado del M.A.G.A.P. y R.U.C.
- Prueba de residencia en la demarcación consular. Copia de cédula de identidad (o visado ecuatoriano en caso de tenerlo) y copia del Certificado de votación
¿Sí deniegan la solicitud de visado Schengen puedo defenderme?
La respuesta es si.
Existen dos mecanismos:
1.- Recurso potestativo de reposición:En caso de denegación del visado, el solicitante puede presentar un recurso de reposición ante esta Oficina Consular en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha de recepción de la notificación de la denegación. Esta defensa es netamente administrativa, no interfiere un juez, la respuesta la deberían dar al cabo de un mes, si no hay respuesta ya opera el silencio administrativo negativo, es decir, se presupone la denegación, y a partir de ese momento ya se puede iniciar la segunda defensa: el recurso contencioso administrativo.
2.- Recurso contencioso-administrativo: También se puede presentar una defensa, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de recepción de la notificación de la denegación del visado o de la desestimación del recurso de reposición.
Consideraciones a tener en cuenta:
- La ley no obliga que se deba presentar primero el recurso de reposición y luego el contencioso administrativo.
- El solicitante es libre de decidir cuál de las dos defensas ejercer, en vía administrativa, o si se prefiere querellar directamente contra el Estado.
Lo importante es que, ante una denegatoria, ambos recursos deben estar bien fundamentados en artículos de derecho, sentencias, haciendo énfasis a que el solicitante si ha cumplido con los requisitos previstos en la normativa vigente, argumentando las pruebas documentales existentes o sin aportar, no se le puede encomendar la defensa de un recurso a personas que no tienen conocimiento de las leyes españolas, ni a agencias de viajes, oficinas de fotocopias, ni mucho menos a profesionales extranjeros que no se encuentran colegiados en España, ¿por qué? Porque un recurso de reposición mal redactado, ya denegado, si se pretende ejercer el segundo recurso, el contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el juez hará la revisión del recurso de reposición, y si no ha sido redactado por un profesional del derecho capacitado y conocedor del derecho español, el recurso contencioso administrativo tendrá que ser más robusto de lo normal, para enmendar lo mal hecho inicialmente.
Recuerda que si vienes a España con una visa debes adquirir un seguro de salud para extranjero, válido para que el Consulado español o la Oficina de extranjería resuelva favorablemente la solicitud de autorización de estancia o residencia y sus sucesivas renovaciones, puedes solicitar cotización aquí, somos Agentes Exclusivos MAPFRE, nuestro Despacho ofrece todos los servicios requeridos por la ley vigente para que tu solicitud de extranjería en España sea exitosa.
Por ello, se recomienda siempre estar asistido de Abogados profesionales especialistas en Derecho de Extranjería, colegiados en España, que le puedan defender hasta el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, la seguridad jurídica sólo se la puede brindar un experto.
Si te interesa solicitar un Visado Schengen y no quieres estar solo en el proceso, contáctanos y te podemos brindar el acompañamiento migratorio.
Teléfono: +34 682 518 339
Email: [email protected]
#VisadoShengen