¿Cómo pagar la tasa de la nacionalidad española por residencia?

¿Cómo pagar la tasa de la nacionalidad española por residencia desde un cajero en España?

Si vas a tramitar la nacionalidad española por residencia, te toca pagar la tasa 790 026, y te has encontrado en la situación de tener que ir a un cajero español a pagarla, pero intentas e intentas y no puedes realizar el pago, pues aquí te colgamos los pasos a seguir en el cajero para que puedas hacer el pago satisfactoriamente:

 

Recordar que, debes marcar la opción: TELEMÁTICA, porque si pulsas pago manual, no te arrojará el NRC, NRC necesario para rellenar la Solicitud de la nacionalidad española por residencia.

  • Pago a través de la pasarela de pagos de la Agencia Tributaria (pendiente de habilitación de medios técnicos necesarios):
    • Mediante formulario específico accesible en su Sede Electrónica, según se establece en la Resolución de 10 de enero de 2008, de la Subsecretaría de Justicia.
    • El pago se acreditará mediante el justificante que facilita la página web de la AEAT o a través del comprobante de pago de la entidad bancaria, siempre que preste el servicio de banca electrónica para el pago de la mencionada tasa, en el que deberá figurar el Número de Referencia Completo (NRC), junto con la hoja «Ejemplar para la Administración» del modelo 790- código 026.
  • Otras formas de pago:
    • Pago a través de sistemas de banca electrónica:
      • Si dispone de cuenta abierta y firma electrónica para operar en cualquiera de las entidades financieras colaboradoras, puede realizar el pago a través de sus servicios electrónicos. Para ello, en primer lugar debe descargarse el modelo 790-código 026 de este portal, e incluir su número de justificante en el apartado correspondiente de su sistema de banca electrónica.
    • Presencial en España:
      • Puede acudir con el impreso 790- código 026 cumplimentado a una entidad financiera colaboradora con la Agencia Tributaria para efectuar la liquidación. El pago se acreditará con la validación mecánica o firma autorizada de la entidad financiera en la copia “Ejemplar para la Administración” del impreso 790- código 026 que deberá ser aportado al órgano administrativo competente para la tramitación del procedimiento, junto con la solicitud.
      • Únicamente se admitirá el pago en España, a través de los medios señalados, por aquellas personas que dispongan de NIE o DNI.

PRECIO DE LA TASA: 103,02​​ €

IMPORTANTE: deberás ponerse especial cuidado en liquidar o pagar correctamente el importe de la tasa, porque si se hiciese por cuantía errónea la entidad financiera no puedes devolver o compensar la misma y, en caso de solicitar su reintegro, el interesado deberá iniciar un expediente de devolución de ingresos indebidos.

Espero que les sea de mucha ayuda estas instrucciones, y que la nacionalidad española les salga concedida.

También podemos tramitar la nacionalidad española por residencia de forma telemática (online) por ti, escríbenos al email y te indicamos cómo hacer el trámite sin moverte de tu casa.

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