TARJETA DE RESIDENCIA DE FAMILIAR DE CIUDADANO DE LA UNIÓN
Ciudadanos a los que es de aplicación:
Los familiares de ciudadano español o de otro Estado miembro de la Unión Europea, o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza, que no ostenten la nacionalidad de uno de dichos Estados, cuando se reúnan con él o le acompañen, y vayan a residir en España por un período superior a tres meses, deberán solicitar y obtener una tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.
Parentescos: cónyuges, parejas, hijos, ascendientes y familia extensa del ciudadano de la UE (en el caso de que el ciudadano de la UE sea estudiante, solo se consideran los cónyuges/parejas e hijos).
Consideración de familia extensa
o Cualquier miembro de la familia que en el país de procedencia esté a cargo o viva con el ciudadano de la Unión. Se entenderá acreditada la convivencia si se demuestra fehacientemente una convivencia continuada de 24 meses en el país de procedencia.
o Cualquier miembro de la familia, que por motivos graves de salud o de discapacidad sea estrictamente necesario que el ciudadano de la Unión se haga cargo del cuidado personal.
o Pareja de hecho no inscrita con la que mantenga una relación estable debidamente probada al acreditar la existencia de un vínculo duradero. En todo caso, se entenderá la existencia de ese vínculo si se acredita un tiempo de convivencia marital de, al menos, un año continuado, salvo que tuvieran descendencia en común, en cuyo caso bastará para la acreditación de convivencia estable debidamente probada. Las situaciones de matrimonio y pareja se considerarán, en todo caso, incompatibles entre sí.
o Se entenderá que están a cargo aquellos familiares cuyo sostén económico lo proporciona el ciudadano de la UE y necesitan ayuda material para cubrir sus necesidades básicas. Esta dependencia debe darse en el país de origen.
¿CÓMO se presenta la solicitud deTarjeta de Familiar de ciudadano de la Unión?
- El familiar del ciudadano de la Unión o de otro Estado parte (en el caso de menores uno de susprogenitores) por alguna de estas vías:
- 1) Personalmente con cita previa siguiendo las instrucciones del siguiente enlace:https://sede.administracionespublicas.gob.es/icpplustiem/citar?p=28&locale=es Trámite: Tarjeta inicial de residencia de familiar de ciudadano comunitario
- 2) A través de la plataforma MERCURIO (necesario certificado digital) en el siguiente enlace:https://sede.administracionespublicas.gob.es/pagina/index/directorio/mercurio2
- Gestores administrativos, graduados sociales o abogados en representación de terceros y cuyo certificado digital deberá estar dado de alta en el directorio de certificados de su respectivo Colegio profesional
A través de la plataforma MERCURIO en el siguiente enlace:https://sede.administracionespublicas.gob.es/pagina/index/directorio/mercurio2
Notas importantes:
Con carácter general se deberán aportar copias de los documentos y exhibir los originales en el momento de presentar la solicitud.
Cuando se aporten documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano. Cuando se trate de formularios estándares de la Unión Europea no será necesaria ni su traducción, ni su legalización de conformidad con lo dispuesto en la normativa comunitaria que los ampara. Por ejemplo: modelos de asistencia sanitaria S1, E109, E121…
Todo documento público extranjero deberá ser previamente legalizado por la Oficina consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento o, en su caso, por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, salvo en el caso en que dicho documento haya sido apostillado por la Autoridad competente del país emisor según el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 y salvo que dicho documento esté exento de legalización en virtud de Convenio Internacional. Para obtener más información sobre la traducción y legalización de los documentos se podrá consultar la hoja informativa correspondiente.
DOCUMENTACIÓN que debe aportar para la solicitud de Residencia de familiar de ciudadano de la Unión:
- 1) Impreso de solicitud en modelo oficial (EX19) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el solicitante y el ciudadano de la Unión. https://extranjeros.inclusion.gob.es/es/ModelosSolicitudes/Mod_solicitudes2/index.html
- 2) Original y fotocopia del pasaporte completo válido y en vigor del familiar. En el supuesto de que esté caducado, deberá aportarse copia de éste y de la solicitud de renovación.
- 3) Original y copia del D.N.I. del ciudadano español o del certificado de Registro UE del ciudadano europeo.
Si el solicitante es padre o madre de un menor (no español) nacional de la UE/EEE/Suiza:
pasaporte del menor válido y en vigor
- 4) Documentación acreditativa de vivir con el ciudadano de la UE (por ejemplo, volante de empadronamiento familiar).
- 5) Documentación acreditativa del vínculo familiar, debidamente legalizada y traducida (en el caso de matrimonio o pareja registrada, certificados recientes con validez de hasta 3 meses).
- 6) En caso de pareja no registrada: documentación acreditativa de que constituyen una pareja estable que atestigua la existencia de un vínculo duradero, así como justificación del tiempo de convivencia marital o, en su caso, certificado de nacimiento de la descendencia en común.
- 7) Medios económicos (son válidos tanto los aportados por el ciudadano comunitario como por su cónyuge):
- a) Con actividad laboral
- Cuenta ajena: Contrato de trabajo y última nómina, o autorización para consultar datos en Seguridad Social),
- Cuenta propia: Última declaración trimestral a cuenta del IRPF, M130 o M131 o autorización para consultar datos en Seguridad Social
- b) Sin actividad laboral: Certificado bancario del saldo medio anual, movimientos bancarios de los últimos meses, prestación contributiva (desempleo, jubilación, viudedad…) u otros
- c) Estudiantes: Matrícula, seguro de enfermedad, declaración responsable del ciudadano UE de que cuenta con medios económicos suficientes para atender las necesidades de su familia (solo para cónyuge, pareja e hijos)
(Se considerará suficiente para el cumplimiento de los requisitos la presentación de documentación acreditativa de participar en un programa de la Unión Europea que favorezca el intercambio educativo para estudiantes y profesores)
- a) Con actividad laboral
- 8) Asistencia sanitaria pública o privada siempre que proporcione cobertura equivalente al Sistema Nacional de Salud para el familiar del ciudadano de la UE
- 9) Si es hijo menor de edad y no reside en España con los dos progenitores: documentación acreditativa de la custodia o autorización notarial a favor del progenitor con el que va a vivir.
- 10) Si es descendiente mayor de 21 años o ascendiente del ciudadano de la UE: documentación acreditativa de su condición de familiar a cargo, es decir, que el solicitante, en su país de procedencia, ha vivido a cargo del ciudadano comunitario, y que la dependencia económica ha sido estable, al menos durante un año (transferencias de dinero, matriculas escolares, en caso de sentencia de divorcio las estipulaciones de manutención marcadas por la sentencia etc.).
- 11) Si se trata de otro miembro de la familia: documentos (debidamente legalizados y traducidos) que acrediten su condición de familiar a cargo *, o de que en el país de procedencia convivía con el ciudadano de la Unión durante los últimos 24 meses, o de los motivos graves de salud o discapacidad.* En el supuesto de familiar a cargo, deberá presentar documentos acreditativos de la situación económica del solicitante en su país (certificados oficiales de renta, percibir o no percibir pensiones, prestaciones, etc.) así como documentos acreditativos de que el solicitante no tiene familiares directos de los que dependa (cónyuges, hijos, padres, hermanos, etc.) mediante certificados de matrimonio, nacimiento, estado civil, defunción o los que proceda.
Fuente: mpt.gob.es
Nosotros al ser abogados colegiados en España y estar registrados en el Convenio de Extranjería para la presentación de solicitudes de residencia o estancia por vía telemática, podemos hacer la presentación de esta solicitud y de cualquier otra prevista en la Ley vigente, desde cualquier punto del territorio español, lo que quiere decir que, puedes contactarnos si te interesa presentar la solicitud de Autorización de residente de familiar de ciudadano de la UE mediante representación de Letrado o Abogado.
Puedes contactarnos llamándonos al +34682 518 339 email: [email protected]