Solo 7.172 solicitudes de Nacionalidad Española por Residencia se resolvieron en el último mes

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Un total de 7.172 solicitudes de Nacionalidad Española por Residencia se resolvieron en el último mes (junio); según se desprende de los datos que ha hecho públicos la Dirección General de los Registros y el Notariado (Ministerio de Justicia).

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  • Los Registradores de la propiedad NO se encargaran ni se encargan de aquellas solicitudes de Nacionalidad presentadas de forma telemática desde que entró en vigor el “nuevo” procedimiento de Nacionalidad el 15 de octubre de 2015.
  • Los Registradores, tal y como se había acordado en el Plan Intensivo de Nacionalidad 2015, se encargan de la tramitación de aquellas solicitudes que llegaron a la DGRN entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2015 (en este sentido recordad que puede que un expediente se hubiera presentado en el 2014 en el Registro Civil y sin embargo ha llegado a la DGRN en el año 2015; la fecha a tomar como referencia con los expedientes del viejo procedimiento NO es cuándo se presentó sino cuándo llegó a la DGRN).
  • De los expedientes presentados telemáticamente, de momento, se encargan íntegramente los funcionarios de la Dirección general de los Registros y el Notariado (DGRN). Aunque parezca difícil de creer, lo cierto es que sólo existen cinco calificadores y tres consejeros técnicos para el tema de la Nacionalidad.
  • En este momento ya se ha concluido con la tramitación y resolución de todos los expedientes anteriores al segundo semestre del año 2015 (donde se incluyen expedientes que llegaron a la DGRN con el viejo procedimiento y con el nuevo procedimiento -meses de octubre y noviembre de 2015-).
  • Aquellos expedientes anteriores a 2015 que aún no se han resuelto es porque:
    a) necesitan documentación adicional.
    b) pendientes de aclaración de detenciones policiales o cancelación de antecedentes penales.
    c) ser objeto de investigación del Centro Nacional de Inteligencia (CNI).
  • En aproximadamente un mes, la plataforma electrónica podrá tener habilitada una nueva “pestaña”, a través de la cual, el interesado o su representante legal podrán adjuntar documentación, presentar escrito de subsanación o contestar a algún requerimiento.
  • Ante el silencio de Recursos de Reposición presentados potestativamente ante la DGRN no se puede asegurar ni tan siquiera de qué fechas se están resolviendo ni cuánto más se va a tardar. Hay apenas dos funcionarios destinados al tema de Recursos en la DGRN (no confundamos el Recurso de Reposición con el Recurso Contencioso que se presenta ante la Audiencia Nacional).
  • En la DGRN se han recibido 99.132 solicitudes en formato papel. 69.276 solicitudes presentadas telemáticamente a día de hoy.
  • Se han resuelto 41 dispensas de 2016 y 375 de 2017. Todas concedidas por tener el título de la ESO.
  • Seguimos a la espera de Real Decreto sobre cómo será el procedimiento de la dispensa. Se reitera que seguimos a la espera (nada se sabe) del Real Decreto que regule el tema de la Dispensa para quienes no sepan leer o escribir o tengan dificultades de aprendizaje, o sean analfabetos.
  • Se autorice o no la consulta de nuestros antecedentes en España al Registro Central de Penados y Rebeldes, la DGRN los consulta igual.
  • Se insiste en aportar pasaporte actual y todos los anteriores para probar tiempo fuera de España durante el período de residencia anterior a la solicitud de Nacionalidad. Por ejemplo; si alguien solicita la Nacionalidad por llevar 10 años de residencia legal y continuada en España deberá aportar todos los pasaportes que hubiera tenido en esos 10 últimos años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Igual sucedería con quienes la soliciten en el plazo de 2 años de residencia legal y continuada. La DGRN establece que para quienes soliciten la Nacionalidad bajo el supuesto de 10 0 5 años de residencia se mirarán las ausencias de España de nos más de seis meses en esos 10 o 5 años, y para el caso de quienes la soliciten por dos años de residencia se mirarán que las ausencias no superen los tres meses en esos dos años. Las ausencias son acumulativas, es decir, habrá que sumar todas y cada una de las salidas que consten en el pasaporte durante la residencia inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud. En caso de pérdida del pasaporte que acredite la residencia legal y continuada, se solicitará documentación adicional difícil de conseguir.
  • A pesar de los criterios que hoy está aplicando la DGRN se podrían modificar muchos criterios.
  • Si le constan detenciones policiales al solicitante de la nacionalidad se deberá acreditar el resultado del procedimiento judicial para ver si ha habido absolución o si hay sobreseimiento de la causa.
  • Sobre aquellas resoluciones favorables del nuevo procedimiento que, tras serles notificadas las resoluciones a los interesados, acuden al Registro Civil y al funcionario no le consta dicha resolución, la DGRN está enviando circulares a los registros civiles para que sepan cómo actuar. De hecho algunos registros civiles ya están dotados con una máquina lectora de los códigos de barra de las resoluciones.

Completamos esta información con lo que se nos dijo recientemente en el Congreso de Nacionalidad 

Como muchos de vosotros sabéis, el pasado jueves y viernes 17 y 18 de mayo, se celebró en Madrid el Congreso de Nacionalidad Española; evento al que estuvo invitado el director general de Legalteam, Guillermo Morales Catá.

Morales Catá tuvo la oportunidad de formar parte de la ponencia principal “Estado actual de los expedientes de Nacionalidad Española por Residencia”, junto a la subdirectora adjunta de Nacionalidad y Estado Civil de la DGRN, Dña. María del Mar López Álvarez.

El debate fue intenso y acalorado. Pero es que se veía venir; estaba cantado el desencuentro público entre ambos; y era normal porque López Álvarez representa al Ministerio de Justicia; mientras que Morales Catá representa a Legalteam; un equipo que está cansado de denunciar la extrema lentitud de las resoluciones de Nacionalidad tanto del viejo procedimiento como del nuevo procedimiento de Nacionalidad Española por Residencia.

Morales Catá arremetió públicamente, en su ponencia, contra el ministro de Justicia; Rafael Català ante lo que ha considerado – en clara alusión a los trámites de Nacionalidad- como “una auténtica tomadura de pelo; nos han mentido, nos han engañado, nos hacen pagar 101 euros en tasas; se han burlado de nosotros con una normativa que dice que al año tendríamos respuesta y nada de nada. Obligan a los interesados a que se metan en largos y muy costosos recursos contenciosos si quieren hacer valer sus derechos; es de vergüenza”. Y como era de esperarse, la representante de la DGRN ha expresado su malestar por las acusaciones de Morales Catá.

“En el Ministerio somos los que somos, tenemos los medios que tenemos y no hay más. Estamos ahora con los expedientes de 2015. El atasco se quitaba si me dan hoy 30 funcionarios. Sí me dan 30 funcionarios en 6 meses no hay atasco”, ha dicho la subdirectora adjunta de Nacionalidad y Estado Civil de la DGRN, Dña. María del Mar López Álvarez, en el Congreso de Nacionalidad.

Con estas declaraciones de Dña. María del Mar López Álvarez puede desprenderse el sabor casi amargo del Congreso. Un Congreso que aunque no cumplió nuestras expectativas por parte de la Dirección General de los Registros y el Notariado; fue productivo pues no solo se habló del estado actual de los expedientes de nacionalidad sino de muchas otras cuestiones de extrema importancia para aquellos despachos que estamos especializados en materia de inmigración, extranjería y Nacionalidad.

Antes de dejaros con algunos apuntes; nos gustaría ser honestos una vez más: Dña. María del Mar López Álvarez es una funcionaria excelente; responsable y seria en su trabajo. Otra cosa es que la cuerda se rompa por el eslabón más flojo siempre; y es ella quien, a pesar de los pesares siempre da la cara ante todos; algo que, de una vez y por todas, debería hacer el Ministro de Justicia, Rafael Catalá.

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