Hoy 15 de abril de 2020 se publicó el BOE núm. 105, por el que se extiende el plazo para la presentación e Ingreso de determinadas declaraciones y autoliquidaciones tributarias.
¿Hasta cuál fecha?
El plazo de presentación se amplía hasta el 20 de mayo y el de domiciliación hasta el 15 de mayo.
¿Quiénes son beneficiarios?
Son beneficiarios de esta ampliación los obligados tributarios cuyo volumen de operaciones no alcance los 600.000 euros en el año 2019, por lo que es una medida especialmente dirigida a autónomos y pymes que podrán presentar las declaraciones y autoliquidaciones correspondientes al primer trimestre de 2020, hasta el 20 de mayo y domiciliar las mismas hasta el 15 de mayo.
Esta medida se une a las ya tomadas como la posibilidad de ampliar el pago de estos impuestos y la cuota de seguridad social de abril y la moratoria establecida para las de mayo a julio. No obstante, para Mazuela, «es necesario seguir actuando y establecer medidas complementarias a las ya aprobadas que establezcan un mejor escenario para los autónomos y autónomas» entre las que destaca «la aplicación de la moratoria de los alquileres de locales de negocio y la reducción de la minoración del 75% al 50% en cuanto a la facturación exigida para el acceso a la prestación extraordinaria por cese de actividad»