RETRASO EN LA SOLICITUD DE RENOVACIÓN DE AUTORIZACIONES DE EXTRANJERÍA EN ESPAÑA.
En España para poder extender, prorrogar o renovar una Autorización de estancia o de residencia, existen unos plazos legales que se deben cumplir, en este artículo se desarrollará el retraso en la solicitud de renovación de autorizaciones de extranjería en España.
El artículo 52.b) de la LOEX sanciona el retraso, hasta 3 meses, con una infracción leve, en la renovación de las autorizaciones una vez hayan caducado. Una vez transcurrido ese plazo se incurrirá en infracción grave por situación irregular.
El vigente RELOEX impone la obligación de solicitar la renovación de las autorizaciones con una antelación de 60 días a la fecha de vencimiento (artículo 40, prórroga de la estancia; artículo 51, residencia temporal no lucrativa; artículo 71, cuenta ajena; artículo 109, cuenta propia; artículo 150, tarjeta de identidad de residentes de larga duración; artículo, 82 investigación y estudios; artículo 93, profesionales altamente cualificados). Sin embargo, la renovación efectuada hasta el mismo día de su vencimiento quedará exonerada del tipo sancionador; sólo una vez sobrepasado el plazo de vencimiento se abrirá la posibilidad de sanción administrativa.
La previsión del plazo de 3 meses puede no ser equivalente a la previsión contenida en el RELOEX para los supuestos de prórroga de estancia (art. 40) y renovación de residencia temporal (art. 51) en los que se contempla un plazo de Para que te pueda salir el permiso de trabajo automático derivado de la solicitud de estancia por estudio, es necesario que sea de educación superior inscrito en el RUCT días de prórroga de la validez de las autorizaciones caducadas.
Si te encuentras en esta situación, puedes contactarnos para hacerte la evaluación del caso, y hacer la tramitación de la solicitud correspondiente.
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