Residencia para Profesionales Altamente Cualificado en España 2024
Los Profesionales extranjeros con una oferta de trabajo en España para el desarrollo de una relación laboral o profesional en un puesto directivo o actividad para la que se requiera contar con cualificación de enseñanza superior o, excepcionalmente, se acredite un mínimo de tres años de experiencia profesional que pueda considerarse equiparable a dicha cualificación, relacionada con la actividad para cuyo desempeño se conceda la autorización de residencia para profesional altamente cualificado en España, se le otorgará está residencia para sí o para sus familiares a cargo.
Fundamentación legal de la residencia para profesionales altamente cualificados en España
Art.71 Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
Consideraciones de la residencia para profesionales altamente cualificados en España
- Validez para todo el territorio nacional. No se limita a una zona geográfica específica en España.
- La solicitud a sus familiares se puede hacer de forma conjunta o de forma sucesiva.
- Los familiares que obtengan la residencia como acompañantes del titular, mayores de 16 años, obtendrán el permiso de trabajo por cuenta ajena y por cuenta propia.
- La residencia otorgada tendrá una validez de tres (03) años; o igual a la del contrato, más un periodo extra de 3 meses si el contrato es inferior a tres años.
- La renovación sólo se puede realizar dentro de los 60 días anteriores a la fecha de su caducidad.
- El salario mínimo para profesionales altamente cualificados se establece en 40.077 € para técnicos; y, 54.142€ para Directivos. Esta cifra es la obtenida a partir de realizar una media a partir del salario promedio de las ocupaciones de los grupos 1 y 2 de la tabla SISPE a partir de los datos contenidos en el Instituto Nacional de Estadística.
- Existe la opción de aplicar un coeficiente reductor a este límite de salario, siendo del 0.75, si el interesado en cuestión cumple alguna característica concreta, como el tener una edad inferior a 30 años.
- Existen dos modalidades de esta residencia:
1.- Autorización de residencia para profesionales altamente cualificados titulares de una Tarjeta azul-UE. Procederá esta autorización en el supuesto de trabajadores extranjeros que vayan a desempeñar una actividad laboral para la que se requiera contar con una cualificación derivada de una formación de enseñanza superior de duración mínima de tres años y equivalente al menos al Nivel 2 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, correspondiente con el nivel 6 del Marco Español de Cualificaciones para el Aprendizaje Permanente y mismo nivel del Marco Europeo de Cualificaciones (EQF), o acrediten un mínimo de cinco años de conocimientos, capacidades y competencias avalados por una experiencia profesional que pueda considerarse equiparable a dicha cualificación y que sea pertinente para la profesión o sector especificado en el contrato de trabajo o en la oferta firme de empleo. En el caso de profesionales y directores de tecnología de la información y las comunicaciones, la duración mínima de la experiencia profesional equiparable y pertinente para el sector o profesión exigida será de tres años comprendidos en los siete años anteriores a la solicitud de la Tarjeta azul-UE.
2.-Autorización de residencia nacional para profesionales altamente cualificados. Procederá esta autorización en el supuesto de trabajadores extranjeros que vayan a desempeñar una actividad laboral o profesional para la que se requiera contar con una titulación equiparable al menos al nivel 1 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, correspondiente con el nivel 5A del Marco Español de Cualificaciones para el Aprendizaje Permanente, o conocimientos, capacidades y competencias avaladas por una experiencia profesional de al menos tres años que pueda considerarse equiparable a dicha cualificación, en los términos que se establezcan en las instrucciones a las que se refiere la disposición adicional vigésima de esta ley.
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