Requisitos para sacar DNI y pasaporte español por primera vez

sacar dni o pasaporte español

Al momento en el que se te es otorgada la nacionalidad española de manera definitiva, es necesario comenzar el proceso para obtener el DNI o documento nacional de identidad.

Se agendará la cita en el registro civil correspondiente para proceder a la Jura a la Constitución Española. Luego deberá solicitar la inscripción en el Registro Civil para que le entreguen Certificado de nacimiento español y con ella el DNI español y luego el Pasaporte español.

Una vez obtenga la nacionalidad española tendrá los mismos derechos a solicitar el DNI que todos los españoles; este trámite podrá hacerlo desde el momento que son inscritos en el registro civil.

El proceso empieza cuando tendrá que solicitar cita previa en la oficina de expedición de DNI y Pasaporte llamando al teléfono: 902 364 444 en horario de lunes a viernes de 8,00 a 19,00 h. (existe una página en internet para solicitar la cita previa, pero solo sirve para la renovación del DNI, o bien para aquellos que tienen NIE y han obtenido la nacionalidad y desean sacar el DNI) para ello deberá entrar a la página de cita previa del Ministerio del Interior: https://www.citapreviadnie.es/. Si realiza la solicitud a través de la página web.

Requisitos y pasos para expedición del DNI

  • Certificación literal de nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente. A estos efectos únicamente serán admitidas las certificaciones expedidas con una antelación máxima de seis meses a la fecha de presentación de la solicitud de expedición del Documento Nacional de Identidad “y con la mención expresa de que se expide a los solos efectos de obtener este documento.
  • Una fotografía reciente en color con fondo blanco. La fotografía deberá mostrar claramente el óvalo de la cara y deberá ser de alta resolución y en papel fotográfico de buena calidad).
  • Certificado o volante de empadronamiento.
  • Los españoles residentes en el extranjero acreditarán el domicilio mediante certificación de la Representación Diplomática o Consular donde estén inscritos como residentes, (expedido con una antelación máxima de tres meses a la fecha de la solicitud del DNI).
  • Cuando el titular del DNI sea menor de 14 años o persona con capacidad judicialmente complementada se llevará a cabo en presencia de la persona que tenga encomendada la patria potestad o tutela, o persona apoderada por estas últimas.
  • En aquellos casos en los que se realice la primera inscripción como nacionalizado y el ciudadano posea Tarjeta de Identificación de Extranjero (TIE) o Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión, en el que conste número de identificación de extranjero (NIE), deberá aportarlo, como requisito indispensable, en el momento de la tramitación del DNI.

Como se dijo al principio de este artículo,  muchos casos se suele realizar el proceso del DNI y el pasaporte español al mismo tiempo, debido que este proceso lo lleva la misma oficina y los requisitos son prácticamente los mismos.

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