España es uno de los países del continente europeo que suele tener mayor interés por los extranjeros, ya sea por sus valores culturales, su historia, sus paisajes o por sus costumbres, convirtiéndolo en uno de los destinos turísticos más visitados.
Pero como en todo país, se necesitan una serie de requisitos para poder tener éxito en la entrada al territorio español, en donde los únicos que tienen la potestad definitiva de admitir o denegar una entrada son las autoridades migratorias de España, los cuales son muy minuciosos al momento de la llegada de un extranjero al país, exigiendo tener la documentación necesaria totalmente en regla y vigente, como también es de gran importancia la percepción que tenga en el momento de la entrevista.
Principalmente es importante conocer que estos requisitos aplican a aquellas personas que no tengan nacionalidad española ni de algún otro país de la Unión Europea, es decir, todo ciudadano español, con pasaporte español, no debe cumplir ningún requisito especial para entrar a España ya que está entrando a su país.
Otro aspecto a tener en cuenta, es que si eres familiar directo (cónyuge o hijos menores de edad) de un ciudadano español o europeo que viaja a España con esa persona o a reunirse con dicho familiar y tienes los documentos que demuestren dicho parentesco, los requisitos para entrar al país no serán tan estrictos ya que en su caso aplica el régimen comunitario.
Requisitos 2020 para entrar a españa
Por lo tanto los extranjeros que deseen entrar al territorio español deben cumplir con los siguientes requisitos, siempre y cuando sea su caso:
Entrar a España como Turista
Cualquier extranjero puede permanecer dentro del país por un máximo de 90 días, si va a pasar de esa cantidad de tiempo deberá pedir un permiso de residencia o un visado de larga duración.
Para poder entrar a España como turista, requieres:
- Pasaporte Válido
El pasaporte debe tener una validez mínima de tres meses posteriores a la fecha prevista de salida del territorio Schengen y haber sido expedido dentro de los diez años anteriores a la fecha de entrada.
Carta de invitación o reserva de un hotel pagada por todo el tiempo de estadía:
- Ésta invitación se solicita en la Policía y lo tiene que realizar un ciudadano español, comunitario o un ciudadano residente en España con Tarjeta de Residencia, se debe de solicitar con tiempo debido a que tarda varias semanas entregarla
- En caso de no tener la carta de invitación, es recomendable tener la reserva de hotel por los días en que vas a estar en el país (dependiendo de las fechas de tu billete de avión), con lo cual se justifica el viaje como turista.
- Las fechas indicadas en la carta de invitación deben coincidir con las del boleto aéreo. Si por el contrario hizo reserva de hotel, también deben ser coincidentes los tiempos.
- Boleto de regreso al país: Es necesario tener un billete de avión de ida y vuelta. Siendo imprescindible precisar una fecha de regreso con un plazo máximo de 90 días.
- Tener mínimo 95 euros diarios para cada día de estancia: Los extranjeros deben demostrar en el aeropuerto, mediante cheques de viajero o estados de cuenta bancaria, tarjetas de crédito originales que poseen como mínimo 95 euros diarios por persona, en la duración de su estancia en España (con un mínimo de 855 euros).
- Seguro de viaje que cubra gastos médicos por 30.000 euros y repatriaciones.
Conocer claramente las diferentes ciudades de España y cuáles son los sitios turísticos que tiene planificado visitar, ya que son una de las preguntas realizadas por las autoridades en el aeropuerto.
También es recomendable justificar ante las autoridades aeroportuarias que se encuentra de vacaciones en su país de origen y esto se puede hacer a través de una carta de trabajo donde conste que se encuentra en período vacacional o de estudio, especificando las fechas de inicio y culminación del periodo académico.
Es importante mencionar que si el extranjero que no necesita visa para la entrada a España y no cumple alguno de estos requisitos, la entrada a España y al Espacio Schengen puede ser denegada.
Entrar a España como turista si eres ciudadano de un país que requiere visa
- Todo extranjero originario de un país que requieren visa para entrar a España pero posee un permiso de residencia o un visado de larga duración expedido por otro país de la Unión Europea (a excepción de Reino Unido, Irlanda, Rumania, Bulgaria y Chipre), Suiza, Noruega, Islandia o Liechtenstein, podrá entrar a España sin visa.
- Tener visado Schengen
Poseer la visa Schengen de corta duración, ya que España se encuentra en la llamada “Zona Schengen”, que es un área en la que no hay control interno de fronteras por lo que los requerimientos de entrada son comunes a todos los países que la componen y cuando el motivo del viaje es vacaciones y turismo.
Principalmente debes solicitar una cita en el consulado del país Schengen al que vayas a viajar, y no se pueden presentar más de tres meses antes de la fecha de salida.
- El solicitante debe presentarse personalmente al momento de la entrevista. Conjuntamente con los siguientes documentos:
- Formato impreso de solicitud de visa, totalmente cumplimentado y firmado por el extranjero.
- Pasaporte vigente (Fecha de vencimiento superior a seis meses).
- Reserva de pasajes indicando fechas e itinerario del viaje.
- Documentos que justifiquen el motivo del viaje y condiciones de la estancia.
- Documento que justifique el establecimiento de hospedaje o carta de invitación de un tercero, si se hospeda en su domicilio.
- Disponer de medios económicos suficientes para gastos durante la estadía (Estados de cuenta bancarios).
- Carta de trabajo.
- Seguro médico de viaje con cobertura internacional.
- Comprobante de cancelación de tasa de visado.
El tiempo promedio que tardan en tramitar la visa Schengen suele ser de 10 días hábiles, aunque si se necesitan documentos adicionales esta duración puede aumentar.
Entrar a España con viajes de carácter profesional, político, científico, deportivo o religioso o por otros motivos
Se podrá exigir la presentación de alguno de los siguientes documentos:
1. La invitación de una empresa o de una autoridad para participar en reuniones, convenciones, etc., de carácter comercial, industrial, etc.
2. Documento que acredite la existencia de relaciones comerciales, industriales, etc.
3. Tarjetas de acceso a ferias, congresos, convenciones, etc.
4. Invitaciones, tarjetas de entrada, reservas o programas con indicación, en la medida de lo posible, del nombre del organismo que invita y la duración de la estancia o cualquier otro documento que indique el propósito de la visita.
Entrar por Viajes de estudios u otro tipo de formación
Se podrá exigir la presentación de alguno de los siguientes documentos:
1. Documento de matrícula de un centro de enseñanza para participar en cursos teóricos y prácticos de formación.
2. Certificados relativos a los cursos seguidos.
FUENTE: Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
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