GUÍA RÁPIDA: RENOVACIÓN DE RESIDENCIA por Reagrupación familiar

Renovación de la autorización de residencia por reagrupación familiar.

¿Qué es la renovación por reagrupación familiar?

Es la renovación de la autorización de residencia temporal por reagrupación

familiar que pondrán obtener los familiares reagrupados.

REQUISITOS PARA SOLICITAR LA RENOVACIÓN DE LA REAGRUPACIÓN FAMILIAR

DOCUMENTACIÓN EXIGIBLE

Impreso de solicitud, debidamente cumplimentado y firmado por la persona reagrupada:

o En modelo oficial (EX–02)

o Si el reagrupante es titular o accede a una residencia de larga duración

o larga duración-UE: modelo oficial (EX-11).

Copia completa del pasaporte en vigor, cédula de inscripción o título de viaje, reconocido como válido en España, del reagrupado y del reagrupante.

En su caso, documentación acreditativa de la vigencia del matrimonio o de la relación análoga a la conyugal.

En su caso, informe emitido por las autoridades autonómicas competentes que acredite la escolarización de los menores en edad de escolarización obligatoria que estén a su cargo.

En su caso, documentación acreditativa del esfuerzo de integración que se acreditará mediante la aportación, entre otros medios de prueba, de un informe favorable de los órganos competentes de la Comunidad Autónoma de su lugar de residencia.

Nota importante: cuando se aporten documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud por un traductor jurado.

Por otro lado, todo documento público extranjero deberá ser previamente legalizado por la Oficina Consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento o, en su caso, por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europeay Cooperación salvo en el caso en que dicho documento haya sido apostillado por la Autoridad competente del país emisor según el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 y salvo que dicho documento esté exento de legalización en virtud de Convenio Internacional.

PROCEDIMIENTO

Sujeto legitimado para presentar la solicitud: el reagrupado, personalmente o mediante representación. Nuestro despacho de abogados te puede ayudar con la solicitud para que se haga todo online, sin citas presenciales en la Oficina de extranjeria.

La renovación de la autorización de residencia por reagrupación familiar de descendientes, menores tutelados o ascendientes podrá ser solicitada por el cónyuge o pareja del reagrupante, siempre que dicho cónyuge o pareja sea residente en España, forme parte de la misma unidad familiar, y el reagrupante original no reúna los requisitos exigibles para la renovación de la autorización por reagrupación familiar. Ello será igualmente de aplicación, en el caso de descendientes o menores tutelados, respecto a su otro progenitor o tutor, siempre que éste tenga la condición de residente en España y sin perjuicio de que forme parte o no de la unidad familiar.

Presentación de la solicitud: la renovación de la autorización deberá solicitarse en modelo oficial en el plazo de dos meses previos a su expiración o dentro de los tres meses posteriores a esa fecha.

Lugar de presentación: o Presencialmente, en la Oficina de Extranjería de la provincia en la que la persona extranjera tenga fijada la residencia.

o Telemáticamente, a través de la sede electrónica del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática (Mercurio).

Tasa correspondiente: se devengará en el momento de presentación de la solicitud, y deberá abonarse en el plazo de diez días hábiles: o Si corresponde obtener residencia temporal: Modelo 790 código 052, epígrafe 2.2.2. “renovación o prórroga de residencia temporal por reagrupación familiar”. o Si corresponde obtener residencia larga duración: Modelo 790 código 052, epígrafe 2.6. “autorización de residencia de larga duración–UE y autorización de residencia de larga duración nacional”

Plazo de resolución de la solicitud: tres meses contados a partir del día siguiente a la fecha en que haya tenido entrada en el registro del órgano competente para sutramitación. Transcurrido dicho plazo sin que la Administración haya dado respuesta expresa, se podrá entender que la solicitud ha sido estimada por silencio administrativo. (Cuando no se haya podido notificar la resolución se anunciará en el Tablón Edictal Único (TEU) Si se hubiera optado por notificación electrónica o normativamente estuviera obligado a utilizar ese medio, la resolución se notificará mediante publicación en la sede electrónica. Si no se accediera a la resolución en diez días naturales desde su publicación, se dará por notificada).

En el plazo de un mes desde la notificación de su concesión, deberá solicitar, personalmente, (en el supuesto de menores, el representante, acompañado del menor) la tarjeta de identidad de extranjero en la Comisaría de Policía o servicios policiales competentes de su lugar de residencia.

La autorización renovada, que habilitará para trabajar por cuenta ajena y por cuenta propia sin ningún tipo de limitación, tendrá una duración de cuatro años y esa vigencia quedará condicionada al mantenimiento de la autorización de residencia

Beneficios de hacer la renovación de la reagrupación familiar con nuestro despacho de abogados:

  • Los documentos se recopilan de forma digital, en pdf. No es necesario presentarlos físicamente
  • Los requerimientos se presentan de forma digital, no debes tomar citas personales.
  • La presentación de la solicitud de la renovación de la reagrupación familiar se efectúa de forma digital, el despacho te representa, nosotros te enviaremos un justificante de presentación de la solicitud.
  • Las notificaciones son online. Te despreocupas de plazos.
  • Resoluciones de dudas por los medios de contacto del despacho.

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