¿Qué significa marcar en el formulario de solicitud la casilla: Consiento?

¿Qué significa marcar en el formulario de solicitud la casilla: Consiento?

¿Qué significa marcar en el formulario de solicitud la casilla: □ CONSIENTO que las comunicaciones y notificaciones se realicen por medios electrónicos?

Esto significa que todas las notificaciones que la Oficina de Extranjería tenga que enviarle respecto a su solicitud consistirán en la puesta a disposición durante 10 días naturales del documento en la Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHú) o en la Carpeta Ciudadana (NO se envía por correo electrónico).

Para acceder al contenido del documento es necesario disponer de certificado electrónico asociado al DNI/NIE de la persona que figure en el apartado “domicilio a efecto de notificaciones” de la solicitud.

IMPORTANTE: NO es suficiente tener un correo electrónico para recibir estas notificaciones.

Si usted o la persona que aparezca en el apartado “domicilio a efecto de notificaciones” de la solicitud no tienen certificado digital NO marque esta casilla. Las notificaciones las recibirá por correo postal al domicilio que indique.

No he recibido la notificación que estoy esperando, ¿qué debo hacer?

Si ha comprobado que su expediente está resuelto o requerido y no ha recibido la notificación, puede solicitar un duplicado en Extranjería/Consultas Oficinas (https://ssweb.seap.minhap.es/ayuda/consulta/ExtranjeriaCG) poniendo en el Asunto la palabra DUPLICADO

AVISO: Si usted ha marcado en el formulario de solicitud la siguiente casilla:
□ CONSIENTO que las comunicaciones y notificaciones se realicen por medios electrónicos

El duplicado de su notificación no se le podrá enviar hasta que hayan transcurrido 10 días naturales desde la fecha en que se puso a su disposición en la Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHú) o en la Carpeta Ciudadana

IMPORTANTE: Tenga en cuenta que si su expediente es de renovación de residencia, renovación de residencia y trabajo, prórroga de estudios, familiar de ciudadano de la UE (inicial o permanente) o larga duración y su estado figura como resuelto favorable, no es necesario obtener un duplicado para la toma de huellas en la Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras situada en la Avenida de los Poblados.

Quiero interponer un recurso administrativo, ¿dónde lo presento?

El interesado o cualquier persona que actúe en su representación pueden presentarlo por cualquiera de estas vías:

A. ON-LINE (necesario certificado digital o Cl@ve o DNI electrónico)
 En el Registro electrónico dirigido a la Oficina de Extranjería en Madrid (EA0040721) B. PRESENCIAL

1) En cualquiera de los Registros públicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de los Ayuntamientos dirigido a la Oficina de Extranjería en Madrid (EA0040721)

2) En sucursales de Correos, mediante cualquiera de estas formas:

  1. a)  Servicios ORVE (registro electrónico) dirigido a la Oficina de Extranjería enMadrid (Código DIR3 = EA0040721) (recomendado)
  2. b)  correo administrativo (sobre abierto + dos copias del escrito del recurso) dirigidoa la Oficina de Extranjería en Madrid (C/ García de Paredes, 65 – 28010 Madrid)

Una vez presentado el recurso, puede hacer el seguimiento del estado de su expediente por cualquiera de las vías indicadas anteriormente.

Mi solicitud ya presentada no aparece cuando consulto, ¿por qué?

Porque si usted ha presentado su solicitud a través de la plataforma MERCURIO o en un Registro, su grabación en la aplicación informática de la Oficina de Extranjería NO es AUTOMÁTICA.
Puede consultar las fechas por las que se están grabando estas solicitudes en esta misma página web en el enlace Fechas por las que se están grabando en la aplicación informática de la Oficina de Extranjería las solicitudes presentadas en la plataforma MERCURIO

Si su solicitud se ha presentado más tarde de las fechas indicadas para cada trámite, si al hacer la consulta sobre su solicitud, el resultado que obtiene es que NO SE HA ENCONTRADO LA INFORMACIÓN SOLICITADA y los datos introducidos son correctos, significa que tiene que esperar a su grabación para poder obtener la información. Mientras esto ocurre, dispone de un resguardo o justificante que ha obtenido cuando presentó la documentación, que acredita la fecha de presentación y que su solicitud está en trámite.

Ya me han notificado el requerimiento, ¿cómo presento lo que me piden?

El interesado o cualquier persona que actúe en su representación, pueden aportar la documentación que le requieren por cualquiera de estas vías:

  1. ON-LINE (necesario certificado digital o Cl@ve o DNI electrónico)
    1. 1)  En la sede electrónica en el siguiente enlace:https://sede.administracionespublicas.gob.es/pagina/index/directorio/mercurio2
    2. 2)  En el Registro electrónico dirigido a la Oficina de Extranjería en Madrid(EA0040721)
  2. PRESENCIAL
    1. 1)  En cualquiera de los Registros públicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de los Ayuntamientos dirigido a la Oficina de Extranjería en Madrid (EA0040721)
    2. 2)  En cualquier sucursal de Correos, mediante cualquiera de estas formas:
      a) Servicios ORVE (registro electrónico) dirigido a la Oficina de Extranjería enMadrid (Código DIR3 = EA0040721) (recomendado)
      b) correo administrativo (sobre abierto + dos copias del aporte) dirigido a la Oficina

      de Extranjería en Madrid (C/ García de Paredes, 65 – 28010 Madrid)

Una vez presentada la documentación requerida, puede hacer el seguimiento del estado de su expediente por cualquiera de las vías indicadas anteriormente.

Mi solicitud aparece en estado resuelto-favorable, ¿qué debo hacer?

Esperar a que el escrito con la resolución le sea notificado, por el medio que haya elegido (medios electrónicos o correo postal), a la persona cuyos datos se hayan indicado en el apartado “domicilio a efectos de notificaciones” del formulario de solicitud o, en su defecto, al solicitante.

IMPORTANTE: Si usted ha marcado en el formulario la siguiente casilla:
□ CONSIENTO que las comunicaciones y notificaciones se realicen por medios electrónicos

La notificación consistirá en la puesta a disposición durante 10 días naturales del documento en la Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHú) o en la Carpeta Ciudadana
Para acceder al contenido del documento es necesario disponer de certificado electrónico asociado al DNI/NIE de la persona que figure en el apartado “domicilio a efecto de notificaciones”.

En la resolución que reciba le indicarán los pasos a seguir según el trámite que haya solicitado.

Mi solicitud aparece en estado resuelto-no favorable, ¿qué debo hacer?

Esperar a que el escrito con la resolución le sea notificado, por el medio que haya elegido (medios electrónicos o correo postal), a la persona cuyos datos se indiquen en el apartado “domicilio a efectos de notificaciones” del formulario de solicitud o, en su defecto, al solicitante.

IMPORTANTE: Si usted ha marcado en el formulario la siguiente casilla:
□ CONSIENTO que las comunicaciones y notificaciones se realicen por medios electrónicos

La notificación consistirá en la puesta a disposición durante 10 días naturales del documento en la Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHú) o en la Carpeta Ciudadana
Para acceder al contenido del documento es necesario disponer de certificado electrónico asociado al DNI/NIE de la persona que figure en el apartado “domicilio a efecto de notificaciones”.

En la resolución que reciba le indicarán los motivos de la denegación. Si usted no está de acuerdo, podrá interponer por escrito, el recurso que proceda en el plazo correspondiente, como también se le indica en dicha resolución.

Fuente: Mpt.gob.es

Recuerda que si quieres evitar hacer el trámite sólo o porque tienes los plazos a punto de caducar, nosotros somos abogados de extranjería en España, podemos asistirte legalmente en la presentación, seguimiento, y recursos posibles, en pro de defender tus derechos en el territorio español. Puedes contactarnos mediante email [email protected] o por whatsapp: +34 682 518339.

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