Se elimina Marruecos de la Lista de países admitidos para viajar a Europa 11/AGOSTO/2020
Hoy 11 de Agosto del 2020 el Diario oficial de la Unión Europea (DUOE) ha publicado la Recomendación (UE) 2020/1186 del CONSEJO de 7 de agosto de 2020, por la que se modifica la Recomendación (UE) 2020/912 sobre la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE y el posible levantamiento de dicha restricción.
¿Qué es lo más relevante de esta Recomendación?
El 30 de junio de 2020, el Consejo adoptó una Recomendación sobre la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE y el posible levantamiento de dicha restricción
(1) (en lo sucesivo, «Recomendación»). El 16 de julio de 2020, el Consejo adoptó la Recomendación (UE) 2020/1052, de 16 de julio de 2020, por la que se modifica la Recomendación (UE) 2020/912 del Consejo sobre la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE y el posible levantamiento de dicha restricción
(2). El 30 de julio de 2020, el Consejo adoptó la
Recomendación (UE) 2020/1144, de 30 de julio de 2020, por la que se modifica la Recomendación (UE) 2020/912 del Consejo sobre la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE y el posible levantamiento de dicha restricción
(3). La Recomendación del Consejo dispone que los Estados miembros deberán levantar gradualmente la restricción
temporal para los viajes no esenciales a la UE, a partir del 1 de julio de 2020 y de manera coordinada, para los residentes de los terceros países que figuran en su anexo I. Cada dos semanas, el Consejo debe revisar y, si procede, actualizar, la lista de países terceros que figura en el anexo I, tras consultar plenamente con la Comisión y con los organismos y servicios competentes de la UE, y tras una evaluación global a partir de la metodología, criterios e información mencionados en la Recomendación.
(3) Desde entonces han tenido lugar varios debates en el seno del Consejo, consultando plenamente con la Comisión y
los organismos y servicios competentes de la UE, en torno a la revisión de la lista de terceros países que figura en el
anexo I de la Recomendación y en aplicación de los criterios y la metodología en ella establecidos. Como resultado
de estos debates, debe modificarse la lista de terceros países que figura en el anexo I. En particular, Marruecos debe
suprimirse de la lista.
¿De cuál lista de países?
Así queda la lista de países admitidos para viajar a Europa al día de hoy 11 de agosto 2020:
«ANEXO I
Terceros países cuyos residentes no deben verse afectados por la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE a
través de las fronteras exteriores
1. AUSTRALIA
2. CANADÁ
3. GEORGIA
4. JAPÓN
5. NUEVA ZELANDA
6. RUANDA
7. COREA DEL SUR
8. TAILANDIA
9. TÚNEZ
10. URUGUAY
11. CHINA (*)
(*) A reserva de confirmación de reciprocidad.»
En Asesoría Para Inmigrantes les podemos asesorar a través de videollamada, sobre las últimas novedades de Europa respecto de España, y cómo viajar al territorio español en estos tiempos de pandemia.
Sigue estando Uruguay en la Lista de países admitidos para viajar, el único país de América Latina, algo están haciendo Bien, esperemos que en los próximos días Europa incluya en la Lista a otros países de América.