Quiero solicitar la Nacionalidad española
Este es uno de los mensajes más frecuentes en API Asesoría Para Inmigrantes, por desconocimiento de la Ley, muchas personas piensan que pueden llegar a España y solicitar directamente la nacionalidad española por ser bisnieto de un ciudadano español, nieto o cónyuge de español, el procedimiento no es tan sencillo como lo piensan cientos o miles de personas.
Si te vienes a España y no tienes nacionalidad europea, lo suyo es que solicites en el Consulado español del país de origen o residencia legal, el respectivo visado (existen 10 tipos de visados diferentes, cada uno con sus peculiaridades), y esto para qué? Para que llegues a España con una residencia legal o con una Autorización de estancia, que te permita estar o residir, o residir y trabajar de forma legal en el territorio español, durante un tiempo determinado, con posibilidad a renovar, o modificar, según lo que corresponda.
Imaginemos que ya llegaste a España con un visado, si este visado te da residencia legal, entonces tenemos que conocer cuál plazo se te aplicará para poder solicitarte la nacionalidad española, para ello, debemos leer el art. 22 del Código Civil, que establece lo siguiente:
«1. Para la concesión de la nacionalidad por residencia se requiere que ésta haya durado diez años. Serán suficientes cinco años para los que hayan obtenido la condición de refugiado y dos años cuando se trate de nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal o de sefardíes.
2. Bastará el tiempo de residencia de un año para:
a) El que haya nacido en territorio español.
b) El que no haya ejercitado oportunamente la facultad de optar.
c) El que haya estado sujeto legalmente a la tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continuare en esta situación en el momento de la solicitud.
d) El que al tiempo de la solicitud llevare un año casado con español o española y no estuviere separado legalmente o de hecho.
e) El viudo o viuda de española o español, si a la muerte del cónyuge no existiera separación legal o de hecho.
f) El nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles.
3. En todos los casos, la residencia habrá de ser legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición.
Visto y leído lo que menciona el art. 22 del Código Civil, habrá que enmarcarse en un supuesto de hecho, esto se refiere a lo siguiente, por ejemplo, imaginemos que eres un ciudadano nacido en México, México al ser un país iberoamericano, entonces, a los dos años de residencia legal y continuada en España, podrás solicitar la nacionalidad española por residencia, y digo por residencia, porque hay muchas formas de adquirir la nacionalidad española, puedes leer más sobre los tipos de nacionalidad española aquí
¿Se puede o no solicitar la nacionalidad española al llegar a España?
La respuesta es no, llegados a este punto, deducimos que no es posible llegar a España e inmediatamente solicitar la nacionalidad española, ¿Por qué? porque hay que cumplir unos requisitos de tiempo de residencia legal en el territorio español, y luego de cumplido si se puede tramitar la solicitud de la nacionalidad española, si se recaban el resto de documentos exigidos por el Ministerio de Justicia para poder solicitar y que sea resuelto favorable la petición de la nacionalidad española por residencia.
No es tan fácil como parece
Así es, a muchas personas les resulta complicado solicitar la nacionalidad española por residencia porque cada requisito es un mundo, tiene su peculiaridad y formalismo específico, en vista de ello, la nacionalidad española se nos resiste como un toro enfadado, pero si lo hacemos Bien y con profesionales en la materia, resulta ser una Dulce espera.
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