La Literal de Nacimiento Española, es una copia literal de la inscripción de nacimiento, conteniendo todos los datos relativos a la identidad y al hecho del nacimiento. Es un resumen de la información relativa al hecho del nacimiento que consta en el Registro Civil.
Solicitudes de Certificaciones Literales de Nacimiento
Se necesita cita. Actualmente, debido a la situación sanitaria, todos los trámites que implican atención presencial requieren cita previa, sin excepciones.
La presentación de solicitudes de inscripción de nacimiento, matrimonio, defunción, recuperación o conservación de nacionalidad, expediente previo de matrimonio, dispensa de residencia o cualquier otro trámite que no sea solicitud de literal o retiro de documentos se tramitarán únicamente con cita previa solicitada en el sistema web.
Para solicitud de literales o retiro de documentos, la cita se obtiene en el correo
I. Literales de españoles nacidos en Venezuela
- Pueden solicitarse certificaciones literales de las inscripciones de nacimiento existentes en este Consulado General por comparecencia en este Consulado General o en los Consulados o Viceconsulados Honorarios en el resto del país.
- Para ello, es condición ineludible que el nacimiento cuya certificación solicita esté ya inscrito en este Registro Civil Consular.
- Con el fin de racionalizar la atención al público y así garantizar su eficiencia, desde del 10.01.2018 rigen los siguientes requisitos para la solicitud de literales de las inscripciones ya existentes en este Registro Civil consular:
- Las personas residentes en Venezuela deberán presentar su solicitud de literal de nacimiento directamente en este Consulado General o en el Consulado o Viceconsulado de la red honoraria más próximo a su lugar de residencia.
- Las solicitudes de literal para DNI solo se tramitarán mediante presentación de billete de avión a España.
- Solo se tramitarán un máximo de dos literales por solicitante, y la segunda solo en caso de presentar billete de avión a España.
- Las personas residentes en España con fecha de inscripción anterior a febrero 2019 deberán presentar su solicitud de literal directamente en el Registro Civil Central. Las literales de hechos inscritos a partir de marzo 2019, deberán solicitarse por correo electrónico ([email protected]) anexando prueba escaneada de residencia en España (DNI con domicilio en España, certificado de empadronamiento).
- Las personas residentes en el resto de países pueden presentar su solicitud de literal de nacimiento directamente en el Consulado General o Embajada de su lugar de residencia, por comparecencia en este Consulado General o en la red consular honoraria en el país, o por correo electrónico [email protected] , adjuntando prueba de residencia en un tercer país (sello de alta consular en el pasaporte, certificado consular de residencia, tarjeta de residencia del país en vigor).
Se recuerda a los Sres. usuarios que las solicitudes de literales para DNI o Pasaporte deben presentarse por el interesado, que deberá acreditar su identidad documentalmente, o en casos excepcionales por un tercero expresamente autorizado para el trámite por el inscrito.
En este caso, su literal será remitida al Consulado General o Embajada de su Lugar de residencia; si Vd. lo desea puede autorizar a un tercero en su correo de solicitud para que retire su literal en el registro civil consular en Caracas en la fecha que se le indique en el correo que recibirá una vez se procese su solicitud.
¿Dónde encontrar el número de tomo e Inscripción en una Literal de Nacimiento?
Sólo se entregará el certificado a la persona que en el formulario aparezca como solicitante y que justifique documentalmente su identidad.
Literales de españoles nacidos fuera de Venezuela
Los españoles nacidos fuera de Venezuela deben comunicarse directamente con el Registro Civil de su nacimiento solicitando al mismo el envío de la certificación literal al Consulado General de España en Caracas para su entrega al interesado.
Direcciones y teléfonos de los registros civiles en España
También se puede cursar una Petición telemática de certificaciones literales (Ministerio de Justicia) con el formulario correspondiente (si desconoce el tomo y/o la página de su inscripción cumplimente dicho/s campo/s con 000).
Certificado Literal de Nacimiento de españoles (Hungría):
En algunos trámites con la Administración húngara y con esta Embajada puede ser necesario un certificado literal de nacimiento. Éste se debe obtener del Registro Civil del lugar en el que en su día se registró su nacimiento.
Por favor, compruebe en qué caso se encuentra antes de realizar el trámite.
- a) Es español, reside en Hungría, nació en Hungría y su nacimiento fue inscrito en el Registro Civil Consular de esta Embajada
- b) Es español, reside en Hungría, nació en España y su nacimiento fue inscrito en un Registro Civil de España
- c) Es español, reside en Hungría, nació en el extranjero y su nacimiento fue inscrito en un Registro Civil Consular que no es el de esta Embajada
- d) Es español, pero no reside en Hungría
- a) Si nació en Hungría, reside en Hungría y su nacimiento fue inscrito en el Registro Civil Consular de esta Embajada
Podrá obtener su certificado literal de nacimiento en esta Embajada ya que su nacimiento se debió inscribir en su día en el Registro Civil de esta Representación en Hungría. Puede hacerlo de dos maneras: presencialmente o por correo electrónico.
Para que las certificaciones literales de nacimiento expedidas por esta Sección Consular tengan fuerza legal en Hungría no es necesario que estén apostilladas.
Presencialmente – Puede solicitarlo personalmente en esta Embajada presentando su DNI o pasaporte, indicando los motivos de la solicitud (si lo desea para la primera expedición del DNI, por favor lea más abajo las instrucciones específicas) y aportando los datos relativos al hecho inscrito, es decir:
- nombre y apellidos del inscrito
- fecha y lugar de inscripción
- datos registrales (tomo y página de la inscripción), si dispone de ellos
Por correo electrónico – A través de [email protected] , aportando lo siguiente:
- copia escaneada de su DNI o pasaporte
- motivo de la solicitud (si lo desea para la primera expedición del DNI, por favor lea más abajo las instrucciones específicas)
- nombre y apellidos del inscrito
- fecha y lugar de inscripción
- datos registrales (tomo y página de la inscripción), si dispone de ellos
En caso de que solicite el certificado literal de nacimiento para la primera expedición del Documento Nacional de Identidad (DNI), lea atentamente esta información.
Si solicita el certificado literal de nacimiento para la obtención por primera vez del DNI debe comunicarlo expresamente ya que de lo contrario el certificado no será válido. La validez de este certificado es de 6 meses.
Recuerde que la obtención del DNI por primera vez y su renovación sólo pueden hacerse en España y que en ambos casos deberá aportar un certificado de residencia que puede solicitar en esta Embajada personalmente o por correo electrónico a través de [email protected]
El resto de las veces que renueve su DNI en España no necesitará certificado literal de nacimiento, sino únicamente el certificado de residencia expedido por esta Embajada.
- b) Si nació en España, reside en Hungría y su nacimiento fue inscrito en un Registro Civil de España
Deberá obtener su certificado literal de nacimiento a través de la página web del Ministerio de Justicia de España, donde podrá solicitarlo:
Por correo postal
- A través de Internet sin certificado digital
- A través de Internet con certificado digital
Para que este documento tenga fuerza legal en Hungría sí se necesita que esté apostillado. No olvide solicitarlo apostillado.
En caso de que solicite el certificado literal de nacimiento para la primera expedición del Documento Nacional de Identidad (DNI), lea atentamente esta información.
Si solicita el certificado literal de nacimiento para la obtención por primera vez del DNI debe comunicarlo expresamente ya que de lo contrario el certificado no será válido. La validez de este certificado es de 6 meses.
Recuerde que la obtención del DNI por primera vez y su renovación sólo pueden hacerse en España y que en ambos casos deberá aportar un certificado de residencia que puede solicitar en esta Embajada personalmente o por correo electrónico.
El resto de las veces que renueve su DNI en España no necesitará certificado literal de nacimiento, sino únicamente el certificado de residencia expedido por esta Embajada.
- c) Si nació en el extranjero, reside en Hungría y su nacimiento fue inscrito en un Registro Civil Consular que no sea el de esta Embajada
Podrá solicitarlo de tres maneras: presencialmente en la Embajada, a través de correo electrónico a esta Embajada o a través de la página web del Ministerio de Justicia de España.
El documento tiene que estar legalizado/apostillado. No olvide solicitarlo de esta manera.
Presencialmente – Puede solicitarlo personalmente en esta Embajada presentando su DNI o pasaporte, indicando los motivos de la solicitud (si lo desea para la primera expedición del DNI, por favor lea más abajo las instrucciones específicas) y aportando los datos relativos al hecho inscrito, es decir:
- nombre y apellidos del inscrito
- fecha y lugar de inscripción
- datos registrales (tomo y página de la inscripción), si dispone de ellos
- Por correo electrónico – A través de [email protected], aportando lo siguiente:
- copia escaneada de su DNI o pasaporte
- motivo de la solicitud (si lo desea para la primera expedición del DNI, por favor lea más abajo las instrucciones específicas)
- nombre y apellidos del inscrito
- fecha y lugar de inscripción
- datos registrales (tomo y página de la inscripción), si dispone de ellos
A través de la página web del Ministerio de Justicia de España – Podrá solicitarlo:
- Por correo postal
- A través de Internet sin certificado digital
- A través de Internet con certificado digital
En caso de que solicite el certificado literal de nacimiento para la primera expedición del Documento Nacional de Identidad (DNI), lea atentamente esta información.
Si solicita el certificado literal de nacimiento para la obtención por primera vez del DNI debe comunicarlo expresamente ya que de lo contrario el certificado no será válido. La validez de este certificado es de 6 meses.
Recuerde que la obtención del DNI por primera vez y su renovación sólo pueden hacerse en España y que en ambos casos deberá aportar un certificado de residencia que puede solicitar en esta Embajada personalmente o por correo electrónico.
El resto de las veces que renueve su DNI en España no necesitará certificado literal de nacimiento, sino únicamente el certificado de residencia expedido por esta Embajada.
Si no reside en Hungría
Deberá dirigirse al Consulado/Sección Consular del lugar en el que resida, que le indicará cómo proceder o puede solicitar el certificado a través de la página web del Ministerio de Justicia en España.
FUENTE:
CONSULADO GENERAL DE ESPAÑA EN CARACAS
MINISTERIO DE JUSTICIA EN ESPAÑA.
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