A través de este procedimiento se puede solicitar la homologación de títulos de educación superior otorgados por instituciones extranjeras a títulos oficiales universitarios españoles de Grado o Máster que den acceso a profesión regulada en España.
También permite la consulta del estado de la tramitación del expediente, tras cumplimentar la solicitud y presentarla en un registro oficial.
¿Qué documentación se requiere?
Modelo de Tasa 790
La solicitud debe ir acompañada de la siguiente documentación:
- Copia compulsada del documento que acredite la identidad y nacionalidad del solicitante, expedido por las autoridades competentes del país de origen o de procedencia o por las autoridades españolas competentes en materia de extranjería. En el caso de los ciudadanos españoles, fotocopia compulsada del documento nacional de identidad o autorización para verificar los datos de identidad que obran en poder de la Administración.
- Copia compulsada del título cuya homologación se solicita o de la certificación acreditativa de su expedición y, en su caso, de la correspondiente traducción oficial.
- Copia compulsada de la certificación académica de los estudios realizados para la obtención del título, en la que consten, entre otros extremos, la duración oficial en años académicos del plan de estudios seguido, las asignaturas cursadas y la carga horaria total de cada una de ellas expresada en horas o en créditos ECTS (europeos) y, en su caso, de la correspondiente traducción oficial.
- Acreditación del pago de la tasa.
- Acreditación de la competencia lingüística necesaria para el ejercicio en España de la correspondiente profesión regulada.
Los documentos anteriores son imprescindibles para iniciar el procedimiento. Posteriormente, si se necesita documentación adicional, le será solicitada.
[block id=»solicita-un-abogado»]
Documentación específica
En los siguientes casos, además de la documentación indicada para iniciar el expediente, es necesario presentar la siguiente documentación específica:
- Homologación al título que da acceso a la profesión regulada de: Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos/ Ingeniero de Minas/ Ingeniero Industrial/ Ingeniero Aeronáutico/ Ingeniero Agrónomo/ Ingeniero de Montes/ Ingeniero Naval y Oceánico/ Ingeniero de Telecomunicación/ Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas.
Previo a la homologación al Máster habilitante a la profesión correspondiente se deberá presentar Título español oficial de Grado que cumpla con las condiciones de acceso al Máster o la declaración de equivalencia a nivel académico de Grado a la titulación en el área y campo en la que se encuadra el título exigido para la admisión al Máster.
- Homologación al título que da acceso a la profesión regulada de Médico.
Si el título que se pretende homologar ha sido obtenido antes de los 6 años previos a la fecha de presentación de la solicitud se deberá presentar, obligatoriamente, documentación acreditativa del ejercicio profesional en condiciones de ejercicio como médico autónomo y no asociado o tutelado, o bien, la formación continuada de, al menos, 3 años dentro de los últimos 5.
Cuando el titulado resida en otro país diferente al de expedición del título y no pueda acreditar experiencia profesional en los últimos años en el país de titulación, además de los documentos acreditativos del ejercicio profesional como médico autónomo, el interesado deberá aportar la certificación acreditativa de la institución y copia de la homologación de su título que habilite para el ejercicio de la profesión como médico en dicho país de residencia.
Todos los documentos que se aporten deberán ser oficiales y estar expedidos por las autoridades competentes para ello, de acuerdo con el ordenamiento jurídico del país de que se trate. Asimismo, en los casos en los que sea necesario, los documentos originales han de estar debidamente legalizados.
- NOTA: No será necesaria la aportación de los programas formativos por parte de los solicitantes de homologación de títulos extranjeros de educación superior al correspondiente título oficial universitario español de Grado que dé acceso a la profesión regulada de Médico en España si obtuvieron su título en alguna de las universidades incluidas en el siguiente anexo (salvo petición expresa por parte de la Unidad tramitadora).
Las autoridades competentes para la compulsa de las fotocopias de los documentos son:
- Registro del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
- Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno
- Embajadas y Consulados de España
- Notario.
¿Dónde se presenta la solicitud?
En cualquier registro público de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y algunos de las Administraciones Locales (numerosos Ayuntamientos han suscrito convenios que les permiten actuar como Registro Público).
Plazo para la superación de determinados requisitos formativos complementarios
Cuando la homologación haya quedado condicionada a la superación de determinados requisitos formativos complementarios, el plazo para la inscripción a las pruebas en la universidad, dependerá de la normativa por la cual se haya tramitado el expediente.
- Expedientes tramitados conforme al Real Decreto 86/1987, de 16 de enero: plazo finalizado.
- Expedientes tramitados conforme al Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero: el plazo finaliza una vez hayan transcurridos 4 años, a contar desde la fecha de la notificación de la resolución.
- Expedientes tramitados conforme al Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre: el plazo finaliza una vez hayan transcurridos 6 años, a contar desde la fecha de la notificación de la resolución.
Si te interesa leer más, puedes conocer la realidad de España con estos interesantes articulos:
Las mujeres ocupan uno de cada tres puestos directivos en España
Las pymes crearán 585 mil empleos en España entre 2018 y 2019
Arraigo familiar en España 2020
Preguntas Frecuentes BREXIT 2020.
Estudio en España y ahora me quiero quedar.
Tienes dudas o preguntas puedes ponerte en contacto con nosotros para contarnos tu caso a través de nuestro correo electrónico: [email protected] o, si lo prefieres, también puedes llamarnos o escribirnos vía WhatsApp al +34682518339. O puedes dejarnos tus datos aquí.
buenas, esta documentación acreditativa del ejercicio profesional en condiciones de ejercicio como médico autónomo y no asociado o tutelado, o bien, la formación continuada de, al menos, 3 años dentro de los últimos 5, se refiere a certificados laborales dados por las empresas donde se haya trabajado durante el tiempo transcurrido desde el titulo obtenido hasta la fecha de presentacion de solucitud? yo me gradue en el año 2015 de medico. gracias