¿Hiciste el visado tu solo? Te lo DENEGARON, ¿Qué hacer?

¿Hiciste el visado tu solo? Te lo DENEGARON, ¿Qué hacer?

En ocasiones es frecuente que las personas, entren en internet, visualicen los requisitos de un determinado visado, y digan, ¿esto es todo? pues lo hago yo mismo, sucede que, a veces, existen actualizaciones de una semana a otra, o existen requisitos que no se detallan con precisión, y el solicitante extranjero termina aportando en el expediente de visado, lo que entiende… pues bien, allí es cuando la Embajada o Consulado español deniega un visado, existen múltiples causas de denegatoria, la más frecuente es no poder acreditar el arraigo en el país de origen o residencia legal, ante la Denegación de un Visado el solicitante puede presentar un Recurso de Reposición.

Motivos de denegación de un Visado

El art. 32 del Código de Visados de la UE, menciona que la solicitud de visado se puede denegar si el solicitante:

i) presenta un documento de viaje falso o falsificado,

ii) no justifica la finalidad y las condiciones de la estancia prevista,

iii) no aporta pruebas de que dispone de medios de subsistencia suficientes para la totalidad de la estancia prevista
y para el regreso al país de origen o de residencia, o para el tránsito a un tercer país en el que tenga garantías de que será admitido, o bien no está en condiciones de obtener legalmente dichos medios,

v) ha permanecido ya por tres meses durante el semestre en curso, en el territorio de los Estados miembros con un visado uniforme o un visado de validez territorial limitada,

v) es una persona sobre la que se ha introdujo una descripción en el SIS a efectos de denegación de entrada,

vi) es considerado una amenaza para el orden público, la seguridad interior o la salud pública, tal como se define
en el artículo 2, punto 19, del Código de fronteras Schengen, o para las relaciones internacionales de alguno de los Estados miembros, en particular si se introdujo una descripción en las bases de datos nacionales de algún Estado miembro a efectos de denegación de entrada por iguales motivos, o

vii) no aporta pruebas de tener un seguro médico de viaje adecuado y válido, si ha lugar,

o Bien si existen dudas razonables acerca de la autenticidad de los documentos justificativos presentados por el solicitante o de la veracidad de su contenido, de la fiabilidad de las declaraciones efectuadas por el solicitante o de su intención de abandonar el territorio de los Estados miembros antes de la expiración del visado solicitado.

Sólo puede denegarse la expedición de un «visado Schengen» por los motivos expresamente establecidos en el Código de visados de la UE. Sentencia del TJUE

INFORMACIÓN SOBRE EL RECURSO DE REPOSICIÓN:

Sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición adicional décima, apartado séptimo, del Reglamento 557/2011 y dependiendo del tipo de visado, los motivos que han determinado la denegación de su visado han sido debidamente reflejados en el informe de resolución que le ha sido entregado. 
Dicha resolución pone fin a la vida administrativa. Contra esta resolución podrá́ interponer recurso contencioso‐administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (España) en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación de dicha resolución.
Asimismo, de acuerdo con lo expresado en su escrito de denegación y en cumplimiento del articulo 123 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, de Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, usted podrá́ interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación de esta resolución, de acuerdo con las siguientes indicaciones:
1. Conforme al articulo 115.1 de la Ley 39/2015, el recurso deberá expresar:
​​​​​​​a) El nombre y apellidos del recurrente, así́ como la identificación personal del mismo.
b) El acto que se recurre y la razón de su impugnación.
c) Lugar, fecha, firma del recurrente, identificación del medio y, en su caso, del lugar que se señale a efectos de notificaciones.
d) Órgano,  centro o unidad administrativa al que se dirige y su correspondiente código de  identificación.
e)  Las demás particularidades exigidas en su caso por las disposiciones especificas.
2. El recurso deberá ser presentado y firmado por el recurrente personalmente o por representante debidamente autorizado a través de los medios descritos anteriormente.
3. El recurso de reposición realizado contra la denegación, anulación o retirada de un visado tendrá́ que interponerse en el lugar en que se solicitó el visado, bien el Centro de Recogida de Visados en Quito de BLS o el propio Consulado General o cualquiera de los medios señalados en el art. 16.4 de la Ley 39/2015. 
4. No se aceptarán los e‐mails enviados al correo electrónico del Consulado General como recurso de reposición interpuesto ante el consulado General. 
5. Será del todo necesario la facilitación de un email para poder comunicar la resolución dictaminada.
.
No entiendes el requisito del Seguro médico que se solicita entre los documentos exigidos para el visado, aquí podrás pedirnos presupuesto para su contratación

¿Quieres conocer los centros de formaciones colaboradores?

.
Nosotros recomendamos buscar abogados de extranjería española para poder salir victorioso en la tramitación de un visado español y no perder dinero, tiempo y esfuerzo en el mismo. Nosotros te asesoramos sobre los requisitos de cada visado, sus ventajas, y cada una de las modificaciones que les aplica. Recuerda que existen 10 tipos de visados, cada uno entraña sus propias peculiaridades.
.
También hacemos un acompañamiento migratorio, que te permitirá venir seguro con toda tu familia.
Muchas personas desconocen de estos temas legales, para adquirir y poder solicitar su estancia, residencia o Nacionalidad española. Si tienes amigos o familiares que se planteen solicitar trámites como éste compárteles esta información, o si tienes una pregunta o duda puedes Consultarnos sobre tu caso a través de nuestro correo electrónico: [email protected] o, si lo prefieres, también puedes llamarnos o escribirnos vía WhatsApp al +34682518339 o rellena el siguiente formulario y te ayudamos con tu caso:

 

Error: Formulario de contacto no encontrado.

 

Abrir chat
¿Necesitas ayuda?
Hola, tengo dudas...