Antes de iniciar un emprendimiento estudia que tipo de negocio sera, cuanto es la inversión, el capital, y el recurso humano que posees.
Jurídicamente hablando están las sociedades civiles y mercantiles, por ser un negocio, se inclina hacia las Sociedades Mercantiles reguladas por el Derecho Mercantil o Comercial.
Si inicias tu negocio, debes elegir que forma jurídica tendrá, por ser una Sociedad Mercantil debe estar integrada por 2 o más personas. Puede ser:
-Sociedad Limitada (S.L)
-Sociedad Limitada Nueva empresa (S.L.N.E)
-Sociedad Anónima (S.A)
-Sociedad Cooperativa
Igualmente en España están las asociaciones:
-Sociedad Regular Colectiva (S.R.C)
-Sociedad Comanditaria Simple (S.C.S)
Generalmente, para formar una empresa la figura jurídica mas utilizada es la Sociedad Anónima, y la Sociedad Limitada, es por ello que para elegir la forma jurídica de tu empresa, debes saber cuanto capital tienes y que fines persigues al constituirla, las formas societarias tienen ventajas y desventajas propias que debes estudiar separadamente. La diferencia notoria entre cada tipo de sociedad es el numero de socios, el capital social y la responsabilidad que tienen los socios en la empresa. Las empresas de Responsabilidad Limitada, se limitan al aporte social de cada socio; la Sociedad Anónima y la limitada se diferencian en el monto del capital social, en la S.A el capital social es grande (alrededor de 60.000 euros), y la Sociedad Limitada (3.000 euros), por lo cual esta ultima la suelen elegir las personas que no tienen tanto capital para iniciar su negocio.
También puedes iniciar la empresa como empresario individual o autónomo (no requiere capital social mínimo).
Para iniciar el negocio en España, dependerá también de si eres o no ciudadano europeo, o en su caso español, si eres extranjero empieza por:
– Autorización de residencia y trabajo, salvo que tengas residencia permanente y por lo cual solamente deberás cumplir con los requisitos que le exigen a los españoles.
Elige la forma jurídica de tu empresa, posteriormente para iniciar tu negocio debes cumplir con los siguientes extremos de ley:
-Dirígete al Registro Mercantil y reserva el nombre de la empresa
– Certificación notarial (no es necesaria si es una empresa individual)
-Inscribe la empresa en el Registro Mercantil
-Costes de Constitución, los mismos dependerán del coste del tipo de sociedad que constituyas, estos derivan de las certificaciones notariales, inscripción en el Registro Mercantil, y gastos de gestión.
Cuando hayas cumplido los requisitos, asegúrate de ser diligente con los extremos de ley, la falta de uno de los requisitos puede constituir una Sociedad Mercantil irregular o de hecho, que esta sujeta a otra regulación.
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