Estudiar en España 2021…pendiente con esto

Estudiar en España 2021…pendiente con esto

¿Desde dónde se puede tramitar la visa para estudiar en España?

Queremos comenzar este artículo indicando que esta Estancia se puede tramitar desde el Consulado español del país de origen o residencia del Solicitante extranjero; o desde el territorio español dentro de los primeros sesenta (60) días de haber llegado a España.

¿Qué pasa si no solicito la Autorización para estudiar en el plazo?

Es Importante mencionar que cualquier persona que se encuentre en España podrá estudiar, si no tramita el correspondiente permiso de estancia, la consecuencia es que estaria en el territorio Español de manera irregular, lo cual no se recomienda.

Consideraciones a tener en cuenta si quieres estudiar en España:

– La estancia por estudios no permite trabajar, solo es posible si el trabajo es compatible con la realización de los estudios, es decir, que el contrato de trabajo no supere la media jornada laboral, en el Caso de ser a jornada completa, como máximo se podrá por tres meses y en periodo no lectivo, la duración de la autorización para trabajar también está condicionada a la duración de los estudios o actividades académicas, de investigación.


– La estancia por estudios para el solicitante extranjero permite solicitar el permiso de estancia también para sus familiares, siempre que se cumplan las condiciones y requisitos legales, es importante indicar que sólo podrá trabajar media jornada el estudiante, no los familiares.

– La situación de permanencia que supone la autorización de estancia no es una autorización de residencia y tampoco una autorización de trabajo.

¿Desventaja de solicitar una visa para estudiar en España?

El periodo de tiempo de estancia, en el caso de estudios, no computa (no suma) a efectos de demostrar el requisito de Residencia legal y continuada que establece el artículo 22 del Código civil.

Artículo 22 del Código Civil: Nacionalidad española

“1. Para la concesión de la nacionalidad por residencia se requiere que ésta haya durado diez años. Serán suficientes cinco años para los que hayan obtenido la condición de refugiado y dos años cuando se trate de nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal o de sefardíes… (Omissis)”

Si estas pensando en emigrar con tu familia y te quieres venir con este tipo de Visado, por favor trata de buscar asesoría antes de llegar a España, existen muchos otros aspectos relevantes que debes conocer.

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