¿Eres Extranjero y quieres Emprender en España?

¿Quién puede solicitarlo?

 

  • Extranjeros de fuera de la UE que vayan a desarrollar una actividad emprendedora de carácter innovador con especial interés económico para España.

¿Cómo?

  • Si se encuentran fuera de España, se deben solicitar un visado de residencia por un año con el fin único o principal de efectuar los trámites previos para poder ejercer la actividad emprendedora.
  • Si se encuentran en España, es decir disponen de una autorización de estancia, o residencia o visado de emprendedor, deben solicitar una autorización expresa de residencia para emprendedores por dos años renovables que habilita para desarrollar una actividad económica como emprendedor.

¿Dónde dirigirse para solicitarlo?

  • En el caso de los visados deben solicitarse en el Consulado de España en el país de procedencia o de residencia.
  • Para el caso de las autorizaciones de residencia, deben solicitarse en la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos.

¿Qué documentos se deben presentar?

Generales:

  • Documento de identidad o pasaporte.
  • Seguro público o privado de enfermedad con una entidad que opere en España.
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Acreditación de medios económicos suficientes para sí y para los miembros de su familia durante su período de residencia en España.

Específicos:

  • Con carácter previo a la solicitud del visado o autorización, se necesita informe favorable sobre la actividad emprendedora y empresarial que se va a desarrollar en España.

¿Dónde se solicita dicho informe?

  • Para los visados, el informe de interés de actividad emprendedora debe ser solicitado en la Oficina Económica y Comercial de España del ámbito de la demarcación geográfica donde se solicite el visado.
  • Para las autorizaciones de residencia, el informe de actividad emprendedora debe ser solicitado en la Dirección General de Comercio e Inversiones.

¿Qué se entiende por actividad emprendedora de interés económico para España?

Aquellas actividades empresariales y/o emprendedoras que supongan creación de puestos de trabajo y/o tengan un carácter innovador para España, y/o suponga inversión para España.

¿Qué se debe presentar para solicitar dicho informe?

El plan de negocios del proyecto, en particular: el perfil profesional del solicitante, actividad a desarrollar, cuántos puestos de trabajo se crearán, características y cualificación requerida de cada uno de ellos, dónde se desarrollará el proyecto (zona geográfica) y cuánto supone la inversión.

¿Qué beneficios adicionales existen?

  • La autorización de residencia permite residir y trabajar y es válida en todo el territorio nacional.
  • Tramitación conjunta de la autorización del cónyuge e hijos.
  • No se aplica la Situación Nacional de Empleo.
  • Agilización de la tramitación:
    • Visados resueltos y notificados en 10 días hábiles.
    • Autorizaciones de residencia resueltas en 20 días.
    • Todos los procedimientos de autorización de residencia se centralizan en una ventanilla única: Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégico.

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