¿Eres Cónyuge de un europeo y aún sin residencia en España?

¿Es tu caso o el de una amiga?

 

A veces nos encontramos en circunstancias en donde no sabemos por dónde empezar, les quiero hablar sobre este supuesto de hecho, que para algunas personas es OBVIA la respuesta, pero para una gran mayoría no lo es.

 

 

¿Qué pasa cuando tienes un cónyuge europeo?

Cuando contraes matrimonio con un ciudadano europeo o eres concubino (pareja de hecho) de éste último, y se plantean la posibilidad de venir a vivir al territorio español, lo primero que debemos hacer es pensar en el procedimiento para que ese cónyuge extracomunitario pueda venirse con su pareja, de modo tal que puedan vivir legalmente sin ningún temor o restricción.

Señala la Ley, que los familiares del ciudadano europeo si quieren vivir más de 03 meses en España, deberán regularizar su situación en dentro de este tiempo. Es decir, solicitar ante la Oficina de Extranjería que le corresponda, en atención con el domicilio que aparece en el Empadronamiento (que es una constancia de residencia), la Autorización de Residencia de Familiar Comunitario, y deberás aportar los requisitos respectivos.

Descárgate la solicitud en este enlace: AQUI

Una vez que el ciudadano extracomunitario (bien sea Peruano, Colombiano, Argentino, Venezolano, Cubano, etc…) ya tenga la TIE (que dentro esta el Número de Identidad de Extranjero NIE), y que este viviendo en España durante cierto periodo de tiempo, podrá solicitar la nacionalidad española, en caso de estar casada con un Español, el tiempo se acorta a Un (01) año de residencia legal en España.

Por otro lado, mucha gente pregunta: ¿Si hacer éste proceso en su país de origen es más rápido? Nosotros recomendamos hacerlo en España. 

Si conoces a una persona con este caso, comparte la información, así ayudarás a otros.

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