El Arraigo Laboral: un procedimiento para quienes tienen dos años en España
¿Cuál es el procedimiento a seguir?
Puedes denunciar a tu empresa o empleador si le han contratado de forma irregular ante la inspección de trabajo.
El Acta de Infracción que expide la Inspección de Trabajo le servirá para poder tramitar su Arraigo Laboral en virtud del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículos 123 a 130).
Claro que para ello deberá demostrar un vínculo laboral de al menos seis meses y que lleva un mínimo de dos años residiendo en territorio español.
¿Qué Normativa se aplica para la solicitud del Arraigo Laboral?
Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social (art. 31.3)
Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículos 123 a 130).
Instrucción de 3 de agosto de 2005 sobre autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales por arraigo laboral.
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¿Qué requisitos se han de cumplir para poder solicitar el Arraigo Laboral?
– No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
– Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
– No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
– No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país de origen.
– Haber permanecido con carácter continuado en España durante un periodo mínimo de dos años. Se entiende permanencia continuada si las ausencias no han superado los 90 días en los dos últimos años.
– Poder demostrar la existencia de relaciones laboralescuya duración no sea inferior a seis meses.
¿Qué documentos son necesarios para poder solicitar el Arraigo Laboral?
– Copia completa del pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción con vigencia mínima de cuatro meses.
– Documentación acreditativa de la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de dos años. La documentación que se aporte deberá contener los datos de identificación del solicitante, preferentemente debe haber sido emitida y/o registrada por una Administración Pública española. A título de ejemplo, se tomarán en consideración documentos relativos al empadronamiento, a una hospitalización, a una consulta médica en la sanidad pública, así como cualquier documentación municipal, autonómica o estatal que justifique la presencia en España.
– Certificado de antecedentes penales expedido por las Autoridades del país o países en los que haya residido durante los cinco últimos años anteriores a la entrada en España.
-!Documentación acreditativa de la existencia de relaciones laborales, que podrá ser:
- Resolución judicial o acta de conciliación en vía judicial que la reconozca.
- Resolución administrativa confirmatoria del acta de infracción de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que la acredite.
Fuente: Legal team
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