¿Cuáles son las opciones de visas más populares para emigrar a España?

¿Cuáles son las opciones de visas más populares para emigrar a España?

Para emigrar a España, las opciones de visas más populares dependen del motivo y la situación personal del solicitante. Algunas de las visas más comunes que hemos detectado en nuestro despacho de Abogados son:

  1. Visa de Residencia No Lucrativa: Para aquellos que desean residir en España sin realizar actividades laborales o comerciales. Requiere demostrar medios económicos suficientes para vivir sin necesidad de trabajar en España.
  2. Visado de Teletrabajador Internacional: Dirigido a aquellos extranjeros que realizan actividades remotas, en donde se pueda acreditar el 200%  del SMI español, a este tipo de visado también se le dice comúnmente «visado de nómada digital»; se caracteriza porque la respuesta de la solicitud es de veinte días hábiles y si no hay respuesta dentro de ese plazo ya se entiende la solicitud resuelta favorable.

3.- Visa de Estudiante: Para realizar estudios en una institución reconocida en España. Requiere estar matriculado en un curso a tiempo completo y demostrar medios económicos suficientes, entre otros requisitos previstos en la Ley. Nuestros clientes apuestan por esta visa porque al matricularse en un estudio superior adquieren de forma automática el permiso de trabajo tanto por cuenta ajena como p or cuenta propia, y lo mejor es que, al finalizar ese estudio de educación superior podrá modificar a la residencia de cuenta ajena (art. 199 del Reglamento de Extranjería).

 

4.- Visa de Reagrupación Familiar tanto en régimen general como régimen especial: Para reunirse con familiares directos (cónyuge, hijos menores, etc.) que ya sean residentes en España.

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Solicitudes de residencia para los familiares de profesional, altamente cualificados en España. Si eres un profesional Altamente Cualificado y la empresa Espanola no le ha tramitado la residencia a tus familiares a cargo, nosotros nos encargamos de hacer la solicitud ante la oficina correspondiente. Somos abogados especialistas en derecho de extranjería contáctanos al + 34682 518 3399. Calle de Galileo 70, Bajo, 28015, Madrid.“Asesoría Para Inmigrantes Abogados” #API#AsesoriaParaInmigrantes#AsesoríaLegal#VivirEnEspaña#Emigrar#AsiloPolitico#Nacionalidad#UniónEuropea#Madrid#Spain#Europa#Inmigración#Extranjeros#Trámites#Perú#Colombia#abogadodeinmigracion#Chile#Argentina#Panamá#Venezuela#madrid#ingenierosdesistemas#Valencia#medicos#profesionalaltamentecualificado#pac

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5.- Arraigo Familiar: Esta residencia es una de las más comunes tramitadas en nuestro despacho de extranjería, mayormente de los cónyuges de españoles y de los ascendientes de los menores de edad españoles. La reforma del Reglamento de Extranjería efectuada en el año 2022, nos dejó una maravilla de residencia, que junto con las dos anteriores, en nuestra Oficina en Madrid, es la más popular, pasamos a exponer un caso práctico para entenderlo:

  • Si eres español viviendo en España, y tienes a tus padres de 65 años de edad o más, en el extranjero (sin nacionalidad española) y quieres traerlos a España a vivir contigo, podemos reagruparlos con una residencia cuyos requisitos no exigen el mantenimiento a cargo, a cientos de padres de clientes los hemos traído a España bajo esta regularización. En este vídeo se explica mejor:
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Arraigo Familiar para ascendientes (padres extranjeros) de nacionales españoles. Art. 124 del Reglamento de Extranjería. Contáctanos y te explicamos cómo hacer la solicitud ☎️682518339 📤 [email protected] #API #AsesoriaParaInmigrantes #AsesoríaLegal #VivirEnEspaña #Emigrar #AsiloPolitico #Nacionalidad #UniónEuropea #Madrid #Spain #Europa #Inmigración #Extranjeros #Trámites #Perú #Colombia #Ecuador #Chile #Argentina #colombianasenespaña #Venezuela #peruanasenespaña #Sevilla #Valencia #arraigofamiliar #nacionalidadespañola #arraigo

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Estas son algunas de las opciones más comunes, pero hay otras específicas para situaciones particulares, como visas para científicos, investigadores, deportistas de élite, etc. Cada tipo de visa tiene requisitos específicos en términos de documentación, tiempo de procesamiento y condiciones de permanencia en España.

Recordar que los ciudadanos iberoamericanos a los dos años de residencia legal y continuada en España pueden solicitar la Nacionalidad española por residencia en virtud de lo que dispone el artículo 22 del Código Civil, que dice:

«Artículo 22.

1. Para la concesión de la nacionalidad por residencia se requiere que ésta haya durado diez años. Serán suficientes cinco años para los que hayan obtenido la condición de refugiado y dos años cuando se trate de nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal o de sefardíes.

2. Bastará el tiempo de residencia de un año para:

a) El que haya nacido en territorio español.

b) El que no haya ejercitado oportunamente la facultad de optar.

c) El que haya estado sujeto legalmente a la tutela, curatela con facultades de representación plena, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continuare en esta situación en el momento de la solicitud.

d) El que al tiempo de la solicitud llevare un año casado con español o española y no estuviere separado legalmente o de hecho.

e) El viudo o viuda de española o español, si a la muerte del cónyuge no existiera separación legal o de hecho.

f) El nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles.

3. En todos los casos, la residencia habrá de ser legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición.

A los efectos de lo previsto en el párrafo d) del apartado anterior, se entenderá que tiene residencia legal en España el cónyuge que conviva con funcionario diplomático o consular español acreditado en el extranjero…»

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También puedes visitarnos en nuestra oficina en Calle de Galileo 70, Bajo Exterior, 7, 28015, Madrid, España.

Whatsapp: +34 682 518 339.

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