¿Cómo debe ser el Contrato para activar el permiso de trabajo en España?
El permiso de trabajo se puede obtener en España mediante las siguientes varias Autorizaciones de residencia, nombraremos las más importantes y comunes:
- Cuenta Ajena Inicial
- Residencia de Profesional altamente Cualificado
- Permiso de Trabajo tras la finalización del estudio de formación reglado hecho para el arraigo de formación
- Arraigo social
- Entre otras…
Ahora bien, este post está elaborado para destacar cómo debe ser el formato del Contrato a presentar para poder hacer la presentación de alguna de las solicitudes de residencias mencionadas anteriormente:
La oficina de extranjería exige que el Contrato de trabajo a presentar debe estar formalizado en el modelo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) firmado por el trabajador y empleador, que garantice al menos el salario mínimo interprofesional o el salario establecido, en su caso, en el convenio colectivo aplicable.
Dudas entre los empresarios y los gestores de los empresarios…
Debemos destacar que el Contrato, debe tener una cláusula condicionada, en la cual se especifica: «Este contrato laboral sólo entrará en vigor una vez resuelto favorable la solicitud de residencia en favor de la trabajadora: DOÑA MARÍA PEREZ.»
Lo que quiere decir que, el empresario no tendrá que pagar impuestos a la Seguridad Social, por ese contrato mientras que la Oficina de extranjería resuelva la solicitud, sólo pagará impuestos cuando ya se registre el trabajador en la Seguridad Social con el código de afiliación de la empresa contratante, antes nada.
Hacemos este post, porque diariamente hablamos con los gestores y gestoras de las empresas, y en la gran mayoría de las veces, los mismos están escépticos de lo que les planteamos, también destacamos que algunos gestores si conocen de lo aquí expuesto.
El artículo 64.3 b) del Reglamento de Extranjería dice:
La fecha de comienzo del contrato deberá estar condicionada al momento de eficacia de la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.
Preguntas frecuentes:
- ¿Pero el contrato debe tener fecha? Sí se coloca una fecha orientativa, teniendo en cuenta que entrará en vigor el Contrato laboral cuando la Oficina de Extranjería responda la solicitud del permiso de trabajo, correspondiente.
- ¿Mi empresa se puede meter en problemas si le da un contrato a una persona que no tiene residencia ni permiso de trabajo? Al estar el contrato condicionado a la resolución favorable de la oficina de extranjería, no es posible que la empresa pueda tener problemas legales al respecto.
Recomendación para los ciudadanos extranjeros que ya tienen el tiempo para solicitar un permiso de trabajo.
Si el empleador donde te encuentras trabajando no te quiere hacer el precontrato con la excusa de que se tienen que pagar muchos impuestos en la Seguridad Social, debes tener fuerza mental y salirte de ese lugar, de lo contrario podrían pasarte 10 años sin tener un permiso de trabajo legal, tomar consejos… le traerá beneficios a su vida.
En nuestro despacho de Abogados especialista en derecho de extranjería, hacemos de puente con las empresas y los trabajadores extranjeros, es decir, nos reunimos o contactamos con los representantes legales de las empresas para poder materializar ese «Precontrato» tan anhelado, y necesario para poder activar el permiso de trabajo, bien sea, por un arraigo social, un cuenta ajena inicial o por cualquier otra Residencia prevista en la normativa legal vigente.
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