Certificado de residencia en España
Este certificado de residencia en España sirve para Acreditar ante otros organismos periodos de residencia legal en España.
¿Qué es el Certificado de residencia en España?
El extranjero solicita un certificado que acredite todos los periodos de residencia (acumulativos) desde que obtuvo tal condición.
¿Quiénes son los interesados?
Extranjeros (comunitarios y de terceros de países) residentes legalmente en España.
¿Cuál es el Periodo de validez del Certificado de residencia?
3 meses desde su expedición.
¿Cuál es el importe o la cuantía?
Modelo de tasa 790, código 012.
Bancos, Cajas de Ahorro y Cooperativas de Crédito, en las que no es preciso tener cuenta abierta, mediante la presentación del documento de ingreso
¿Cómo se gestiona el Certificado de residencia en España?
A petición del interesado
Modelo de solicitud
Solicitud de certificación de residente
¿Dónde se presenta la documentación?
Se solicita personalmente a la Dirección General de la Policía , directamente o a través de las Oficinas de Extranjería o Comisarías de Policía . En el caso de que el extranjero no se encuentre en territorio español en el momento de la solicitud, se solicitará a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, a través de las Oficinas Consulares de España en el exterior.
Datos básicos del procedimiento
Forma de iniciación: A solicitud del interesado.
Tipo de procedimiento: Otros
Materia del procedimiento: ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA
Resolución del procedimiento:
Órganos competentes para resolver este procedimiento:
Por competencia propia:
- Dirección General de la Policía
El procedimiento habrá de ser resuelto en el plazo máximo de cinco días desde la entrada de la solicitud en el registro del órgano competente para su tramitación.
La resolución del procedimiento sí pone fin a la vía administrativa.
Efecto de la falta de resolución en este plazo: Desestimatorio (inicio a solicitud del interesado).
Normativa que regulan el silencio administrativo:
- LEY ORGÁNICA 4/2000 de 11 de enero, sobre los derechos y libertades de los extranjeros y su integración social.
Recursos que se puedeçn interponer:
- Reposición potestativo de reposición
- Órgano que resuelve el recurso: Órgano que dictó el acto.
- Plazo de interposición del recurso: 1 mes
- Contencioso – Administrativo
- Órgano que resuelve el recurso:
- Juzgado Contencioso – Administrativo.
- Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo; Salas de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia.
- Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional; Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
- Plazo de interposición del recurso: 2 meses.
- Órgano que resuelve el recurso:
Normativa:
- LEY ORGÁNICA 4/2000 de 11 de enero, sobre los derechos y libertades de los extranjeros y su integración social.
- REAL DECRETO 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009.