Carta de retorno a España

Carta de Retorno, también llamada Autorización de regreso, es unos de los requisitos  principales de los inmigrantes para poder salir de España

Es decir, es aquel documento que le permite a los extranjeros residenciados en España los cuales tienen la tarjeta de residencia vencida,  o a aquellos que estén inmerso en el proceso inicial de solicitud de residencia Española,  salir del país y volver a entrar libremente, siempre y cuando esté en proceso la solicitud de renovación.

La carta de Retorno este documento será válido cuando es aceptada tu solicitud y estas en espera de la cita para las huellas o para la entrega de la tarjeta TIE.

Pues podrás también solicitar la autorización para salir de España y regresar al país posteriormente.Al momento de realizar la solicitud de este documento se debe explicar por qué saldrás del país y dicha razón debe ser convincente.

Principalmente se debe solicitar la cita en la oficina de policía, poseer tu pasaporte original, el comprobante de que está en proceso tu solicitud de residencia o renovación,  completar y enviar el modelo x-13, pagar la tasa correspondiente la cual deberá ser abonado con anterioridad a la expedición, teniendo en cuenta que debes tener copias de todos los documentos junto con los originales los cuales debes exigir al final de la solicitud.

Es importante reservar esta cita anticipada a la fecha en la que deseas salir de España, debido a que la gran mayoría de las personas que requieren de este documento es durante los meses de junio, julio y agosto, es decir, durante el verano, por eso se debe de tomar en cuenta que durante este periodo del año las oficinas de extranjería española estarán cargadas de solicitudes de este documento y por ende las citas para emitirlo sufrirán retrasos considerables.

Cabe destacar que esta autorización no es necesario si el medio de transporte que utilizaras para realizar tu viaje es terrestre o marítimo, basta con tener tu pasaporte junto con la tarjeta de residencia vencida y el comprobante que indique que se está renovando.

Por otra parte es importante señalar que ésta autorización de regreso es permitida exclusivamente en España, la cual tiene una vigencia no superior a 90 días continuos, la cual se podrá utilizar para todas las salidas y posterior regreso que precisen en ese tiempo, recordando que es un documento que te requerirán y exigirán en el control fronterizo por lo que es primordial que esté vigente, pero si durante un estado de emergencia esta autorización de regreso esta vencida queda automáticamente prorrogada, siendo esta la única excepción.

En este mismo orden de ideas es relevante destacar que el extranjero que realice esta solicitud se encuentre en el  territorio español al momento de la presentación de su solicitud como también en el de su entrega.

Antes de realizar su viaje deben solicitar y recoger esta autorización.

Este documento se otorgara siempre personalmente, es decir,  se entregara al destinatario que realice la solicitud, aunque existen dos exenciones:

  • El destinatario es menor de edad o incapacitado, en este caso la autorización de regreso será retirada por su agente legal.
  • Por enfermedad o impedimento físico siempre y cuando tenga un informe médico explicito suscrito por medico colegiado, se permitirá un representante debidamente notariado.

Una de las limitaciones por la cual no se podrá conceder una autorización de regreso es a aquellos extranjeros sobre los que pese una prohibición de salida de España o una limitación a su libertad de tránsito acordada por la Autoridad Judicial con carácter cautelar o como resultado de una firme sentencia o en un proceso de ex tradición por los respectivos países hasta que se otorgue la resolución procedente, como también aquellos padecimientos de enfermedad contagiosa que, con los convenios internacionales o a la legislación española, asignen la inmovilización o el reclusión obligatorio en las entidades apropiadas.

Otras de las razones por la cual  deben solicitar esta autorización, es en el caso de que no tengan la tarjeta porque la han perdido, se la han usurpado o se les ha deteriorado, pero todavía está vigente y no se halla dentro del periodo reglamentario para su renovación, siempre que demuestren debidamente que, por los motivos antes mencionados, han solicitado el duplicado de la tarjeta en los servicios de expedición de la tarjeta de identidad de extranjero de la Comisaría de Policía.

Tienes dudas o preguntas puedes ponerte en contacto con nosotros para contarnos tu caso a través de nuestro correo electrónico: [email protected] o, si lo prefieres, también puedes llamarnos o escribirnos vía WhatsApp al +34682518339. O puedes dejarnos tus datos aquí.

Si necesitas que revisemos tu caso rellena el siguiente formulario:

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Fuente: Ministerio de Inclusiòn, seguridad social y migraciones

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