Autorización para viaje de menores al extranjero
La posesión del DNI por los menores de edad no supone, por sí sola, autorización para desplazarse fuera del territorio nacional español.
Por ello, los menores de 18 años que vayan a viajar al extranjero, no acompañados de cualquiera de sus representantes legales (progenitores o tutor/es), precisarán además del DNI o pasaporte en vigor, una declaración firmada de permiso de viaje fuera del territorio nacional.
¿Dónde se hace la Autorización para viaje?
Para su formalización deberá personarse en una Comisaría de Policía Nacional o en un Puesto de la Guardia Civil. No obstante, también pueden expedir estas declaraciones en el formulario que determinen, los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas que ejercen las competencias en protección de personas y bienes y en el manteni- miento del orden público.
¿Se requiere la presencia de alguno de los padres para la Autorización para viaje?
Únicamente es necesaria la comparecencia de uno de los representantes legales del menor, siempre que posea la potestad, la capacidad legal oportuna y el consentimiento del otro progenitor, y en su caso, el de los terceros de los que facilita datos.
Para la comprobación de su identidad, debe llevar consigo un documento de identidad en vigor (DNI o pasaporte) y la documentación que acredite la filiación y patria potestad del menor (DNI, pasaporte, libro de familia, etc.).
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