Autorización judicial para tramitar expediente de nacionalidad española por residencia de menores de 14 años
Autorización judicial para tramitar expediente de nacionalidad española por residencia de menores de 14 años o incapacitados judicialmente
Personas que deben comparecer el día de la cita en el Registro Civil, en donde están empadronados
– Los padres o representantes legales de los menores o incapacitados judicialmente, debidamente identificados, así como el propio menor.
Antes de pedir la cita previa, tenga en cuenta que el menor o incapaz ha de tener residencia legal y continuada inmediatamente anterior a la petición de nacionalidad durante el tiempo siguiente:
- Con carácter general, 10 años.
- Condición de refugiado, 5 años.
- Nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal o de Sefardíes, 2 años
- Nacido en territorio español o sujeto legalmente a la tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución españoles durante 2 años consecutivos, 1 año.
Todos los documentos deben ser presentados en original y fotocopia
- NIE del menor, o, tarjeta familiar de ciudadano de la Unión Europea en vigor (aportarán original y fotocopia)
- Pasaporte integro del menor, en vigor, original y fotocopia.
- Certificado de empadronamiento familiar en la ciudad en donde estén empadronados, o en una localidad perteneciente a este partido judicial (caduca a los tres meses).
- Certificado literal de nacimiento del menor, actual (validez 3 meses si ha nacido en España, y de 6 meses si ha nacido en el extranjero). En el caso de que el certificado se haya expedido por un país extranjero, deberá estar debidamente legalizado y traducido legalmente
- NIE, o Pasaporte en vigor, del padre y de la madre o representantes legales, original y fotocopia
- Certificado del centro escolar o guardería donde esté matriculado el menor, en el que conste la asistencia y el curso que sigue a la fecha de la cita.
- Algunos Registros civiles solicitan el estatus laboral de los padres del menor, contrato de trabajo, informe de vida laboral, Alta de Autónomo
Recordar que esta Autorización se debe solicitar para poder tramitarle la nacionalidad española por residencia al hijo menor de edad (14 años) o incapacitado, sin esta Autorización no se puede tramitar la nacionalidad, es un requisito esencial.
Muchas personas desconocen de estos temas legales, para adquirir y poder solicitar su Nacionalidad española. Si tienes amigos o familiares que se planteen solicitar trámites como éste compárteles esta información, o si tienes una pregunta o duda puedes Consultarnos sobre tu caso a través de nuestro correo electrónico: [email protected] o, si lo prefieres, también puedes llamarnos o escribirnos vía WhatsApp al +34682518339 o rellena el siguiente formulario y te ayudamos con tu caso: