Autorización de residencia inicial para familiares de profesionales altamente cualificados en España
Régimen aplicable a los familiares de profesionales altamente cualificados extranjeros
Se podrá solicitar, simultáneamente a la presentación de la solicitud de autorización de residencia temporal y trabajo de profesionales altamente cualificados, una autorización de residencia temporal a favor de los miembros de su familia que desee reagrupar.
En el caso de que a la Comunidad Autónoma donde se vaya a desarrollar la actividad laboral se le hubieran traspasado competencias en materia de autorización inicial de trabajo para extranjeros y las solicitudes sean presentadas simultáneamente, todas ellas podrán ser presentadas ante el órgano autonómico que sea competente en relación con la autorización inicial de trabajo, que remitirá las de autorización de residencia temporal por reagrupación familiar a la Oficina de Extranjería competente para su tramitación.
La autorización será concedida en caso de acreditación de que se cumplen los requisitos reglamentariamente previstos en relación con la reagrupación familiar y la situación del familiar en España será la de residencia por reagrupación familiar.
La solicitud a favor de los familiares podrá ser presentada tanto por el empleador solicitante de la autorización principal, como por el propio trabajador extranjero, así mismo por el abogado representante legal a quien nombre el empleador o el trabajador, en nuestro despacho de Abogados Asesoría Para Inmigrantes, realizamos estas residencias tanto para el titular de la residencia de profesional altamente cualificado como para los familiares a cargo, tanto para cónyuge, descendientes como ascendientes.
Ténganse también en cuenta la autorización de residencia para profesionales altamente cualificados, recogida en la Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, recoge las siguientes ventajas:
Ventajas
- La acreditación del cumplimiento de los requisitos de contratación de personal altamente cualificado se efectuará una única vez, quedando inscrita en la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos.
- Dicha inscripción tendrá una validez de 3 años renovables si se mantienen los requisitos.
- Cualquier modificación de las condiciones deberá ser comunicada a la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos en el plazo de 30 días. En caso de no comunicar dicha modificación, la empresa dejará de estar inscrita en la Unidad, en este plazo se puede solicitar otra residencia de profesional altamente cualificado.
- El tiempo de respuesta sin requerimientos es de veinte días hábiles, con requerimientos no excede de 30 días hábiles.
- Aplica un silencio administrativo positivo en el caso de que transcurra el plazo de respuesta, es decir, que si llegan los 20 o 30 días hábiles, en su caso, la respuesta a la solicitud ya se entiende estimada.
- El cónyuge legal y los hijos mayores de 16 años, así como los ascendientes a cargo obtendrán una residencia legal y de trabajo, con un permiso de trabajo abierto.
Si te interesa que nuestro despacho te asesore, tramite y gestione todo el proceso de la solicitud de residencia de profesional altamente cualificado, ponte en contacto por los siguientes medios:
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